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Lunes 18/11/2024
 
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España

Los ciudadanos de la UE y de otros doce países podrán votar en las municipales del año que viene

Los ciudadanos de la Unión Europea y de otros doce países podrán votar en las elecciones municipales del 24 de mayo del año que viene, para lo cual deberán inscribirse o manifestar su voluntad de ejercer este derecho entre diciembre y enero próximos

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Los ciudadanos de la Unión Europea y de otros doce países podrán votar en las elecciones municipales del 24 de mayo del año que viene, para lo cual deberán inscribirse o manifestar su voluntad de ejercer este derecho entre diciembre y enero próximos.

   Según ha informado hoy el Instituto Nacional de Estadística, además de los ciudadanos comunitarios tienen derecho a participar en esas elecciones los ciudadanos de Bolivia, Cabo Verde, Chile, Colombia, Corea, Ecuador, Islandia, Noruega, Nueva Zelanda, Paraguay, Perú y
Trinidad y Tobago, países con los que España ha firmado acuerdos que les reconocen ese derecho.

   Los nacionales de países de la Unión deberán estar empadronados y hacer una declaración formal de que quieren votar en España en las municipales del 24 de mayo de 2015. Pueden registrar la manifestación en los ayuntamientos antes del 30 de diciembre de este año.

   A finales de este mes, la Oficina del Censo Electoral remitirá la documentación a los ciudadanos comunitarios que no han expresado desde las elecciones de 2011 su voluntad de votar o no en las municipales en España. Quienes la reciban podrán realizar la manifestación por Internet si el interesado dispone de su Número de identificación de extranjero (NIE) o por correo postal.

INSCRIPCIÓN EN EL CENSO Y RESIDENCIA LEGAL

   En cuanto a los extranjeros cuyos países tienen firmado un acuerdo con España que reconoce el derecho de sufragio en las municipales, tienen que realizar la solicitud de inscripción en el censo electoral para las elecciones municipales y cumplir con las demás condiciones de los
acuerdos.

   Todos ellos, salvo los de Noruega, deben tener permiso de residencia en España y haber residido en el país de manera legal e ininterrumpidamente durante, al menos, los últimos cinco años. La inscripción en el censo electoral de extranjeros residentes en España se hará a instancia de parte y en el Ayuntamiento donde estén empadronados. En el caso de los noruegos, se les exige un plazo de residencia en España de tres años, de forma legal e ininterrumpida.

   Las solicitudes de inscripción en el censo electoral para las elecciones municipales de 2015 se podrán realizar desde el 1 de diciembre de 2014 hasta el 15 de enero de 2015. Los nacionales de estos países deben solicitar su inscripción en el censo en cada elección.

   También en este caso, a finales de octubre, la Oficina del Censo Electoral tiene previsto remitir una comunicación personalizada por correo postal a los ciudadanos nacionales de estos países que reúnan las condiciones establecidas en los acuerdos respectivos, con los datos
preimpresos correspondientes a sus empadronamientos. En estos casos, las solicitudes se podrán realizar por Internet o por correo postal, en el  plazo establecido.

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