Al frente de la Comandancia de la Guardia Civil en Madrid, acordado en mayo de 2020 y en el que no ve "desviación de poder"
La Audiencia Nacional ha estimado el recurso de la Abogacía del Estado, en representación del Ministerio del Interior, y ha avalado la legalidad del cese del coronel Diego Pérez de los Cobos al frente de la Comandancia de la Guardia Civil en Madrid, acordado en mayo de 2020 y en el que no ve "desviación de poder".
La sección quinta de lo contencioso de este tribunal revoca así por unanimidad la sentencia dictada el pasado 31 de marzo por el juzgado central de lo contencioso, que anuló la orden de Interior de cesar al coronel y condenó al departamento que dirige Fernando Grande-Marlaska a restituirle en el puesto.
Tras examinar el caso, el tribunal concluye que el relevo sí que estuvo ajustado a Derecho y contó con suficiente motivación, y no advierte ninguna "desviación de poder" por parte del Ministerio.
En su sentencia, la Sala no discute la idoneidad del coronel para el puesto, quien incluso, añade, ha sido propuesto para ascender a general; sino, "la pérdida de confianza" para continuar al frente del mismo, y afirma que "las razones subjetivas" del Ministerio "están amparadas por la decisión libre de cesarle".
El tribunal afirma que, según argumentó la Dirección General de la Guardia Civil y asumió la Secretaría de Estado de Seguridad y el Ministerio, el motivo del cese fue "por no informar del desarrollo de investigaciones y actuaciones" de la Guardia Civil, en funciones de Policía Judicial, en referencia a la causa, ya archivada, donde se investigó al entonces delegado del Gobierno en Madrid por autorizar la manifestación del 8 de marzo de 2020.
Al respecto, la Sala señala que esa pérdida de confianza fue por no informar del desarrollo, "no del contenido" de esas investigaciones, "todo ello, en el amplio y, a veces, confuso 'marco operativo y de Policía Judicial'".
Los magistrados indican que, al ser un supuesto de "destino de libre designación", la pérdida de la confianza "constituye motivo para el cese", y añaden que la ley no obliga a precisar el motivo de esa pérdida de confianza pues en ello se fundamenta la "discrecionalidad del cese", propia en este tipo de puestos.
Por tanto, la Sala no necesita "tener en cuenta, ni siquiera, los hechos" a los que se aludía en el expediente de restitución, porque es suficiente con constatar esa falta de confianza "sin necesidad de valorar si la misma tiene razón de ser". Eso significa, dice, que el cese sea discrecional.
El tribunal recuerda además que la anterior resolución ya reconoció que éste estuvo motivado y concluye que una vez quebrada dicha confianza "no tiene sentido la declaración de reincorporación al destino".
El cese del coronel, que también dirigió en 2017 la coordinación del operativo policial desplegado contra el referéndum ilegal del 1 de octubre en Cataluña, fue objeto de numerosas criticas por parte de la oposición y motivó a su vez un intento fallido de reprobación al ministro del Interior en el Congreso.