El Ayuntamiento de Jerez ha recibido tres ofertas en el concurso público que promovió para adjudicar una finca de la calle Porvenir que se encontraba inscrita en el Registro Municipal de Solares. En todos los casos,
los licitadores se comprometen a destinar la parcela a uso residencial, con un mínimo de viviendas de al menos dos habitaciones que oscila entre las cuatro y las ocho.
En concreto,
se trata de una antigua casa patio abandonada que apenas conserva sus fachadas y que ocupa el número 32 de la calle Porvenir, haciendo esquina con Marimanta, con una superficie de 295 metros cuadrados de superficie gráfica.
Las tres ofertas
superan con cierta holgura el precio de salida que se había fijado (48.084,75 euros), ya que van desde los 51.000 hasta los 97.555 euros.
El segundo criterio hace referencia al uso residencial y como ya se ha comentado
los tres inversores plantean la compra de la finca para la construcción de viviendas. El tercero alude al número de viviendas de al menos dos habitaciones y en este caso se plantean promociones que tendrían cuatro, siete y hasta ocho inmuebles que reunieran esas características.
En el proceso de licitación se otorgan 60 puntos a la mejor oferta económica, mientras que al uso residencial y al número de viviendas que se vayan a construir se otorgan otros 20 puntos, en cada caso.
La finca de la calle Porvenir 32 es del siglo XIX, obligando el PGOU a
mantener su apariencia exterior, así como sus elementos comunes de circulación, tales como escaleras principales y patios estructurantes con sus galerías que, como regla general, no podrán ser privatizados en la intervención.
De igual modo deberán eliminarse los elementos o volúmenes añadidos que distorsionen la tipología original y los valores arquitectónicos y espaciales de la edificación.
También tendrán que mantenerse siempre visibles las estructuras y elementos decorativos internos y externos originales que revistan interés arquitectónico o histórico.
Sí se permite la redistribución de tabiquería sin modificar espacios conformados con techos de diseño singular y unitario. Por último, podrán reponerse elementos estructurales deteriorados repitiendo siempre los sistemas constructivos originales. Con carácter general se excluyen de este supuesto los muros de fábrica.