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Viernes 08/11/2024
 

Jerez

El cabildo de La Cena autoriza a Muñoz Natera a optar a un tercer mandato consecutivo

El 42,4 por ciento de los hermanos que asistieron a esta sesión extraordinaria mostraron su rechazo a la propuesta

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  • Manuel Muñoz Natera. -

El cabildo de la Hermandad de la Cena, reunido en sesión extraordinaria, ha autorizado al actual hermano mayor, Manuel Muñoz Natera, a optar a un tercer mandato consecutivo, que es algo poco habitual pero que se contempla en la normativa diocesana de hermandades y cofradías.

Según los datos divulgados por la propia hermandad, en el cabildo participaron 125 hermanos, 72 de los cuales respaldaron la posibilidad de que Natera opte a un nuevo mandato si bien hay que subrayar que los 53 restantes –el 42,4 por ciento del total de asistentes- se mostró contrario a esta propuesta.

Este resultado pone de manifiesto que existe cierta división en el seno de la cofradía al respecto de autorizar a Muñoz Natera a volver a optar al cargo de hermano mayor.

Debe tenerse en cuenta que en una primera etapa, Muñoz Natera fue hermano mayor de la Hermandad de la Cena entre 1983 y 1987. Su segundo periodo al frente de la cofradía de San Marcos se desarrolló entre 1996 y 2006, dejando ese cargo para asumir la presidencia del Consejo local de la Unión de Hermandades.

Con posterioridad volvió a presentar su candidatura al cargo de hermano mayor, en 2015, siendo reelegido en 2019. Su mandato expiraba en 2023, pero el Obispado le concedió una prórroga de un año –para poder finalizar las obras de la casa de hermandad- que vence precisamente ahora.

La normativa diocesana recoge que “el hermano mayor y los demás miembros de la junta de gobierno podrán, inicialmente, ser reelegidos para dos mandatos consecutivos en el mismo cargo”.

Sin embargo, esa misma normativa añade que “cuando lo considere oportuno el cabildo general de hermanos, tanto el hermano mayor como los restantes miembros de la junta de gobierno podrán ser nuevamente reelegidos a la conclusión del segundo mandato, previa autorización del ordinario del lugar”.

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