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Viernes 08/11/2024
 

Jerez

Ratifican la paralización del proceso de estabilización de la plantilla municipal

Después de que varios afectados hubieran demandado la ejecución de la sentencia dictada el pasado mes de mayo

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  • Ayuntamiento de Jerez. -

La titular del Juzgado de lo Social número 2 de Jerez ha ratificado la paralización del proceso de estabilización municipal, respondiendo así a las demandas presentadas por algunos afectados, que reclamaban la ejecución de la sentencia dictada el pasado mes de mayo.

De este modo, la jueza viene a ratificar la nulidad de las bases del proceso de estabilización de la plantilla municipal que permitieron que en la legislatura anterior se promoviera una Oferta de Empleo Público extraordinaria de estabilización de empleo temporal de larga duración del personal funcionario y laboral.

Hay que recordar además que el proceso de estabilización de la plantilla tendría que estar finalizado el próximo 31 de diciembre, por lo que esta decisión complica aún más que pueda culminarse el objetivo propuesto inicialmente.

También debe tenerse en consideración que el Ayuntamiento recurrió la sentencia inicial ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

Fuentes sindicales entienden que el Gobierno local tiene ahora “la pelota en su tejado”, reclamando el inicio de un nuevo proceso de estabilización –incluidas las bases- a la espera del pronunciamiento del TSJA.

La oferta, que fue negociada por el anterior gobierno municipal con la mayoría sindical que representaba la CGT y el CSIF, incluía 911 plazas para el Ayuntamiento y otras 156 para las sociedades y fundaciones municipales.

De algún modo abría la puerta además al regreso de unos 70 afectados por el ERE de 2012, dado que la experiencia previa en la Administración local les situaba en posición ventajosa a la hora de cubrir aquellos puestos que quedaran vacantes.

La primera sentencia –después se dictaron otras con idéntica resolución- respondía a la demanda presentada por una extrabajadora municipal, que causó baja el 30 de abril de 2014 y que tiene además una discapacidad del 35 por ciento reconocida desde septiembre de 2021. A esa demanda se allanaron posteriormente los sindicatos CCOO y UGT.

La primera causa que esgrimía era la discriminación que observaba en la valoración de la experiencia en la Administración local, ya que se otorgaban 0,75 puntos por mes trabajado desde mayo de 2007 en adelante, mientras que antes de esa fecha solo se consignaban 0,25 puntos por mes.

Pero además de este trato desigual, las bases no reservaban al menos un 7 por ciento de las plazas a personas que padecían algún tipo de discapacidad, un agravio por el que reclamó una indemnización de 25.000 euros que la sentencia rebajó a 6.261 euros.

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