El juez considera que ha lesionado su derecho de información
El Juzgado de Primera Instancia número 3 de Jerez ha dictado sentencia por la que estima parcialmente la demanda y condena a Vitaldent (y a su aseguradora Mapfre) a indemnizar a un paciente la cantidad de 3.000 euros más los intereses legales desde la presentación de la demanda, por no recabarle consentimiento informado, entendiendo que se ha producido una lesión al derecho de información.
El principal criterio que emplea la sentencia para condenar a Vitaldent, según indican desde este bufete de abogados, es que la omisión de la información completa determina la atribución al facultativo dentista de todos los riesgos que la información pudo y debió comprender en cuanto previsible.
Y en este sentido añade que, no solo porque con tal modo de proceder está sustituyendo el consentimiento del paciente por el suyo propio y la iniciativa del paciente por la suya propia, generadora del riesgo sino, principalmente, porque el paciente que no se informa en el proceso de formación de voluntad base de su decisión, no pudo considerar riesgo alguno, privándole de la posibilidad de optar por rechazar el tratamiento propuesto. Desde el bufete Ortiz aseguran que el fallo es “pionero” y de “gran calado” al imponerse la importancia de la información en derecho sanitario.