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Jerez

Condenado a 45 años y seis meses de cárcel al parricida de Ubrique

Considera como hecho motivador de esos actos "que el acusado estaba enfadado con sus hijos porque no aceptaban su nueva relación sentimental"

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  • El acusado -
  • Ha sido condenado a la pena de 25 años por el asesinato de la hija
  • Y a 20 años por el asesinato del hijo

La Sección Octava de la Audiencia Provincial de Cádiz, con sede en Jerez de la Frontera, ha condenado a 45 años y seis meses de prisión al hombre considerado culpable por un jurado popular de asesinar a sus dos hijos en el domicilio familiar de Ubrique (Cádiz), por dos delitos de asesinato con la agravante de parentesco y otro de abandono de menor.

El acusado ha sido condenado a la pena de 25 años por el asesinato de la hija y a 20 años por el asesinato del hijo, tras un auto de aclaración al haberse producido un "error de transcripción" en la primera sentencia emitida, que elevaba la pena a 50.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, considera probado que "el acusado mató a sus dos hijos de forma fría", habiéndose acreditado que "se levantó de la cama en la madrugada, se quitó el pijama, se vistió y cogió el cuchillo que tenía guardado en su dormitorio, que usaba para las matanzas, y que con él, se dirigió al dormitorio donde estaba durmiendo la hija y comenzó a apuñalarla, atacando a su hijo con el arma cuando éste se despertó".

Además, considera como hecho motivador de esos actos "que el acusado estaba enfadado con sus hijos porque no aceptaban su nueva relación sentimental y porque no querían aceptar el reparto de la herencia materna que les proponía".

En este sentido, la sentencia recoge en los hechos probados que el acusado, tras quedar viudo en noviembre de 2013, vivía en el domicilio familiar con su hijo, mientras que la hija lo hacía en Sevilla cursando sus estudios. Asimismo, considera probado que a los meses de la muerte de su mujer, el acusado inició una relación sentimental con otra mujer, la cual se instaló en el domicilio familiar, conviviendo con el acusado y con su hijo.

No obstante, según recoge la sentencia, esta mujer tuvo que abandonar en marzo de 2014 dicho domicilio tras el regreso de la hija a Ubrique, que al enterarse de la situación que se estaba produciendo no lo aceptó.

Esta nueva circunstancia hizo que la pareja sentimental del acusado pasara a residir en una nueva vivienda en régimen de alquiler, a la que el acusado, que se había hecho cargo de los gastos, se trasladaba para dormir los fines de semana. Además, la sentencia recoge que el acusado "llegó a solicitar un préstamo para pagar a su pareja una operación de cirugía estética, entregándole para ello 4.500 euros".

En abril de 2014, según relatan los hechos probados de la sentencia, el acusado dejó de atender los gastos de manutención de su hijo menor y los gastos de la vivienda familiar donde residía, así como los que generaba su hija en Sevilla, "pese a que el acusado tenía posibilidad de hacerlo por contar con capacidad económica para ello".

En el punto octavo de los hechos probados, la sentencia señala que la hija, ante esta situación, tuvo que abandonar sus estudios en Sevilla y regresar a Ubrique, en septiembre de 2014, para cuidar a su hermano en el domicilio familiar.

Además, añade, tuvo que acudir, incluso, a los Servicios Sociales Comunitarios del Ayuntamiento de Ubrique, que le concedieron una ayuda de 480 euros para afrontar deudas y poder comprar alimentos y productos de primera necesidad, teniendo que buscar también un trabajo para "procurarse su sustento y el de su hermano". Finalmente, el 6 de octubre de ese mismo año, el acusado apuñaló a sus hijos hasta causarles la muerte.

"QUERÍA MATAR A SUS HIJOS"

Por su parte, la sentencia considera que el acusado "sabía y quería matar a sus hijos" y no considera que sufriera una alteración psíquica en el momento de los hechos, ya que, según recoge, "no consta acreditada la presencia de una alteración psíquica de brusca aparición, breve duración, que desapareciera sin dejar secuelas y le produjera un efecto de pérdida total o muy intensa de la razón y/o de la voluntad con abolición total o parcial de los frenos inhibitorios de su conducta".

Por el contrario, está probado, según la sentencia, que el acusado "estaba determinado a causar la muerte de Laura y que por esa razón procedió a ejecutar fríamente su propósito y que también tuvo la firme intención de matar a su hijo cuando éste intentó defender a su hermana".

ACUSÓ A SUS HIJOS DE MATARSE ENTRE ELLOS

El acusado durante su declaración en el juicio aseguró que sus hijos "se mataron entre ellos" y a él se le "cayó el mundo", motivo por el que tras los hechos fue al campo a "ahorcarse".

En la segunda sesión del juicio, sostuvo que la noche de los hechos se acostó y de madrugada, sobre las 4,30 horas, escuchó a sus hijos discutiendo a gritos, por lo que se vistió y se acercó para saber qué estaba pasando, momento en el que su hijo le dijo que su hermana había "vendido todo el oro". Así, aseguró ante el jurado que fue a comprobarlo y cuando regresó al dormitorio de sus hijos éstos "estaban matándose".

Según su versión de los hechos, su hija tenía el cuchillo de matanza que guardaba en un armario de 22,5 centímetros de hoja, mientras que el hijo tenía un cuchillo de cocina más pequeño, siendo la primera vez que se habla de este segundo cuchillo y que, además, nunca se ha encontrado. Los hechos probados de la sentencia recogen ahora que "el acusado mató a sus dos hijos de forma fría", además de que "sabía y quería matar a sus hijos".

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