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Jerez

Afectados del ERE abren un nuevo frente por las indemnizaciones

En 50 casos la cifra se calcula desde los despidos y en otros 60 se aplica sumando 3 años más

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  • La protesta final de los afectados -
  • Alertan de casos de agravio comparativo por el cambio de criterio en el juzgado para fijar las cuantías
  • Deloitte recomendó al Gabinete Jurídico incluir este “error” en los recursos

Los afectados por el ERE municipal no terminan de cerrar la puerta al conflicto en el que están inmersos desde que en 2012 fueron despedidos del Ayuntamiento de Jerez. Una vez que  la alcaldesa, Mamen Sánchez, descartó cualquier posibilidad de readmisión avalándose en informes jurídicos que advertían del riesgo real de prevaricar, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) sigue cumpliendo con el guión previsto. El Alto Tribunal ha rechazado la nulidad de las extinciones de los contratos, como así ha ocurrido hasta ahora en 80 de los 116 despidos declarados improcedentes que optaban a la readmisión. No obstante, el mero hecho de que  pasen de procedentes a improcedentes va a suponer un incremento considerable  en las indemnizaciones a percibir, que pasan de 20 a 45 días por año trabajado y con un máximo de 42 cuotas.

Por tanto, tras haber percibido el importe correspondiente por los 20 días en su momento, ahora tienen pendiente que el Consistorio les abone los otros 25 que restan. Unas circunstancias que en determinados casos de trabajadores que habían desarrollado la mayor parte de su vida laboral en la Administración local se va a traducir en cifras verdaderamente generosas que alcanzan los 180.000 euros.
Precisamente, en los criterios aplicados para fijar las indemnizaciones que van a cobrar más de un centenar de ex empleados municipales es donde radica el germen del nuevo frente que han abierto y por el que los ánimos vuelven a estar bastante caldeados.

Según explica la portavoz de la Plataforma de Afectados por el ERE municipal, Yolanda Ruiz,ya hay un grupo de afectados por el ERE que ha recurrido a un abogado para ver qué recorrido tiene emprender acciones legales para denunciar el agravio comparativo en el que presuntamente ha incurrido el Ayuntamiento por permitir que se den casos de trabajadores de menor antigüedad y de la misma categoría que otros compañeros que van a cobrar hasta 12.000 euros más. Detrás de este baile de cifras, está el cambio de criterio del Juzgado de lo Social número 3, que ha resuelto del orden de 60 sentencias, frente al del número 1 y 2 de lo Social.

De esta manera, mientras que estos dos últimos escogieron el criterio para se cobrara la indemnización de los 45 días hasta la fecha de los  despidos (septiembre de 2012), la jueza del  juzgado número 3, deja correr el plazo hasta la sentencia firme (2015), es decir tres años más, amparándose en sentencias del Tribunal Supremo que autorizan ese criterio, lo que puede costarle al Ayuntamiento más de 600.000 euros de más.

“Aquí volvemos a ver la seriedad  con la que se ha tomado el ERE el Ayuntamiento, que ni siquiera ha leído la sentencia. Por el argumento del  interés general al que tanto alude tendría que haberse dado cuenta  de que había un plazo de 10 días para recurrir si no se está de acuerdo  y ahora esto le va a costar entre 600.000 y 700.000 euros más en un Ayuntamiento con una deuda como la que tiene el de Jerez”, señala la portavoz de los afectados.

Asimismo Ruiz deja claro que el objetivo de los ex empleados que están “mirando el tema” y asesorándose no es perjudicar a los compañeros que han cobrado más que ellos, puesto que los criterios son “legales”, sino que lo que pretenden es que el Consistorio “asuma  las consecuencias” y no sean “discriminados”. “¿Por  qué tienen que cobrar entre 3.000 y 8.000 euros menos que otros que estaban en la misma categoría?”, critica.

Este periódico ha podido saber que Deloitte, la consulta externa  que se encargó de tramitar el ERE, presentó en su momento ante el Juzgado número 3, atendiendo a las instrucciones del anterior Gobierno municipal del PP,  un incidente de aclaración de la sentencia “para darle oportunidad a que rectificara”, que no tuvo resultado.

Por ello, esta consultora recomendó al Gabinete jurídico  que incluyera entre los argumentos de los recursos de suplicación el “error” en la fijación de la indemnización. Una recomendación que reiteró en cada una  de las sentencias que llegaban del Juzgado nº 3 con el mismo fallo.

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