Málaga
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Imponen un año de prisión a dos mujeres de Marbella por mentir en un juicio de alcoholemia
Afirmaron que tres policías dijeron a una amiga que condujera su turismo pese a estar ebria
La Audiencia confirma la condena por falso testimonio, ya que "no es creíble" su versión sobre los agentes
Dos mujeres de la provincia de Málaga han sido condenadas por el Juzgado de lo Penal 3 de la capital, como autoras de un delito de falso testimonio por mentir durante una vista oral, celebrada en septiembre de 2018, y con el objetivo de favorecer a una amiga conductora, que se sentó en el banquillo por un delito contra la seguridad vial, tras haber sido identificada con síntomas de alcoholemia en Marbella.
Tanto el Juzgado de lo Penal, como ahora la Sección Primera de la Audiencia Provincial que ha desestimado el recurso de apelación por esta condena, consideran que las dos mujeres, que también acompañaban al conductor en la parte de atrás del vehículo, no dijeron la verdad en el juicio al afirmar que fueron tres agentes de la Policía los que le recomendaron que prosiguiera conduciendo pese su estado de embriaguez.
La sentencia de un año de cárcel declara probado que con anterioridad a esta condena, el 19 de septiembre de 2018, se celebró en el Juzgado de lo Penal 3 de Málaga un juicio rápido contra Miguel G. y Yolanda R. por conducir un vehículo a motor después de haber tomado bebidas alcohólicas. Este procedimiento por un delito de tráfico fue investigado como diligencias urgentes por el Juzgado de Instrucción número 5 de Marbella.
Durante esa vista oral se tomó declaración como testigos a las ahora condenadas, Carmen G. C. y Laura M. N., ambas sin antecedentes penales y que acompañaban aquella noche a la pareja en el turismo.
El día 17 de febrero de 2018, las dos aseguraron bajo juramento que Miguel G. era el conductor del Renault Captur, y que su acompañante y copiloto, Yolanda R., se puso al volante pese a estar bebida también, y por recomendación de los tres agentes de la autoridad que les identificaron.
Según la sentencia, el propósito sería, sin lograrlo, exculpar a Yolanda en el juicio por el que fue también condenada por el Juzgado de lo Penal 3. Los jueces dan veracidad a la versión de los tres policías que iban de paisano, no solo por lo afirmado en el juicio sino también por lo recogido en el atestado judicial.
DECLARACIÓN EN LA VISTA DE LOS AGENTES
Uno de los agentes declaró que cuando esa noche iban a cruzar un paso de peatones en Marbella estuvo a punto de ser arrollado por el conductor, por lo que decidieron seguirlo hasta una plaza en la que intentaba luego realizar el estacionamiento.
Pero como no podía conseguirlo, fue cuando observaron cómo Yolanda, la copiloto, trató de aparcarlo. En ese momento al ver como ambos presentaban síntomas de haber consumido bebidas alcohólicas, decidieron avisar para que se les sometiera a sendas pruebas de alcoholemia que dieron positivas, y determinaron la posterior condena por un delito contra la seguridad vial.
Al contrario que las dos acompañantes condenadas por mentir en el juicio, los tres agentes negaron conocer al grupo y rechazaron que obligaran a la copiloto a ponerse a los mandos del coche. Los jueces califican su testimonio como "objetivo y contundente" respecto a lo sucedido aquella madrugada.
"Quiebra el sentido común más primario que los tres agentes de la autoridad exigieran a una persona que presentaba síntomas de haber consumido bebidas alcohólicas para que procediera a mover el vehículo, puesto que los citados agentes estaban de servicio, aun cuando iban de paisano, siendo el motivo de la actuación el haber observado que el citado vehículo cuando lo conducía Miguel estuvo a punto de atropellar a uno de los agentes, y que el conductor presentaba síntomas de estar bajo los efectos del alcohol, y por ello, continuaron el seguimiento a pie", recoge la sentencia del Juzgado de lo Penal 3.
Para la Audiencia Provincial, las declaraciones de las acusadas carecen de sentido, puesto que sostiene que es "inverosímil que no solo uno, sino tres agentes de la autoridad, inciten a una persona, con la cual no tiene ningún tipo de relación, a cometer un delito para luego detenerla por la comisión de este delito".
Por ello, consideran que son autoras de un delito de falso testimonio realizado para un medio de prueba en el juicio, cuyo objetivo era influir en la decisión final del magistrado respecto a la exoneración de Yolanda. Además del año de prisión, se impone a las dos mujeres una multa de 4 meses, a razón de 8 euros diarios (96 euros total a cada una).
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