El tiempo en: Aljarafe
Jueves 14/11/2024
 
Publicidad Ai
Publicidad Ai

Málaga

El Fiscal pide que se mantenga la condena a nueve años de cárcel al exjefe de la Udyco en Málaga

El Fiscal del Tribunal Supremo ha pedido que se mantenga la condena a nueve años y tres meses de cárcel al exjefe de la Unidad de Drogas y Crimen Organizado (Udyco), Carlos F.; y a seis meses de cárcel al inspector jefe Alfredo M. por irregularidades cometidas en el ejercicio de su trabajo

Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai

El Fiscal del Tribunal Supremo ha pedido que se mantenga la condena a nueve años y tres meses de cárcel impuesta por la Audiencia Provincial de Málaga al exjefe de la Unidad de Drogas y Crimen Organizado (Udyco), Carlos F.; y a seis meses de cárcel al inspector jefe Alfredo M. por irregularidades cometidas en el ejercicio de su trabajo; del mismo modo, el Ministerio Público ha pedido la confirmación de la pena de tres años impuesta al tercer acusado, Ottone I.

   La Sala de lo Penal del alto tribunal ha estudiado este martes en vista pública la sentencia que consideró al exjefe del Grupo de la Udyco en la Comisaría de Marbella culpable de delitos de malversación de efectos públicos, falsedad; quebrantamiento de condena y dos delitos contra la libertad individual. Fue condenado también a 14 años de inhabilitación absoluta, 16 de inhabilitación especial para empleo o cargo público y dos años y medio de suspensión de empleo, así como al pago de una multa de 10.200 euros.

   El inspector jefe de la Sección de Crimen Organizado de la Udyco fue condenado por dos delitos de malversación de efectos y se le impusieron dos años de suspensión para empleo o cargo público. Al tercer acusado, supuestamente confidente de uno de los agentes, se le condenó como cooperador necesario de un delito de malversación de caudales públicos.

   En su exposición, el fiscal ha ido rechazando los argumentos de las tres defensas, en especial las que pedían la nulidad de las intervenciones telefónicas y, después de que el abogado de Carlos F. calificara de "morralla" algunas de las intervenciones que se atribuyen a éste, el representante del Ministerio Público se ha preguntado si "también es morralla" que un policía reciba 3.000 euros por devolver un coche intervenido, que se haya quedado con 60 gramos de droga de una intervención o que reciba 2.000 euros por protección en un local de prostitución.

   El fiscal ha respaldado la tesis de la Audiencia Provincial, que consideró probado que Carlos F. "decidió adueñarse" de un reloj que había perdido un supuesto narcotraficante en un forcejeo durante su detención. El acusado negó primero la existencia del reloj, aunque después optó por devolverlo, informando de que lo encontró en el registro de un coche, y el fiscal ha mantenido que un reloj valorado en 20.000 euros, "no pasa desapercibido máxime para alguien que es aficionado a los relojes".

   "Esa idea de que se devolvió cuando se percibió cae por su base", ha dicho el fiscal, que también ha reprochado que, como consideró probado la sentencia de instancia, el mando provocase una supuesta operación de venta de drogas en colaboración con Ottone I. y simulase "una falsa persecución", así como la redacción de un atestado policial "silenciando la participación de Ottone como señuelo para engañar a los traficantes.

   "Resulta curioso que quien dice no haber cometido delito tenga que hacer un atestado policial falso para encubrirse, lo que renueva el ánimo delictivo a través de otro", ha censurado el fiscal, que no ha aceptado ninguno de los argumentos de la defensa del exjefe de la Udyco en Málaga, que pidió, entre otras, la nulidad de las intervenciones telefónicas autorizadas por el juez instructor argumentando su falta de razonamiento.

   Sobre esas intervenciones en las comunicaciones, la defensa de Alfredo M., condenado en relación con un televisor incautado en otro operativo policial que fue trasladado a Comisaría y que "con el pretexto de que allí estorbaba, mostró interés en sacarlo de las dependencias policiales y trasladarlo a su domicilio y destinarlo a su uso y disfrute particular", ha mantenido que se autorizaron sin consentimiento informado porque, cuando el juez las abrió desconocía que las llamadas telefónicas de su defendido ya habían sido intervenidas previamente y durante 14 meses.

   Además, ha mantenido que esa solicitud de intervención no fue "acorde ni proporcional al supuesto delito investigado" y ha rechazado las prórrogas que de las mismas se autorizaron. Al respecto, el fiscal ha hecho notar que fue la "benevolencia" del tribunal la que le condenó únicamente por delitos de malversación de efectos pero los investigados inicialmente "eran de mayor gravedad".

   Por último, el Ministerio Fiscal también ha rechazado los argumentos del recurso de Ottone I., que advertían de que éste acaba como "convidado de piedra" y "metido en el mismo saco" que los funcionarios, cuando no lo es. "No puede sufrir la misma sanción penal que quien ostenta la condición de funcionario, al meterle en el mismo saco se hace una desproporción de la pena", argumentó la defensa.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN