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Sábado 23/11/2024
 

Málaga

Primera sentencia por Enfermedad Profesional de un trabajador de la sanidad por Covid-19

El sindicato CSIF ha subrayado, al hilo del fallo judicial, que la vigilancia de la salud en el trabajo continúa siendo una asignatura pendiente en España

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  • Profesional sanitaria. -
  • CSIF señala que solo se reconoce el 10 por ciento de los contagios por Covid-19 como accidente de trabajo
  • La central sindical promoverá nuevas reclamaciones para que la Seguridad Social reconozca esta contingencia profesional tras

| La Central Sindical Independiente y de Funcionarios, CSIF, sindicato más representativo en las administraciones públicas y con presencia creciente en el sector privado, ha logrado la primera sentencia en España por la que se reconoce la enfermedad profesional a un trabajador de la sanidad contagiado por Covid-19. Se trata de una sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 3 de Talavera de la Reina (Toledo), del pasado 21 de mayo.

La sentencia afecta a un auxiliar administrativo al que, pese a sufrir en dos ocasiones una incapacidad temporal por síndrome respiratorio agudo derivado de la Covid-19 y posteriormente disnea y alteraciones respiratorias que le quedaron como secuelas, tanto la Seguridad Social como la mutua colaboradora Solimat le denegaron el reconocimiento de la enfermedad profesional. Este reconocimiento es fundamental para la futura protección en caso de secuelas graves o las indemnizaciones derivadas del fallecimiento.

Tal y como ha denunciado CSIF, hasta esta sentencia, la Seguridad Social no ha reconocido ningún caso de enfermedad profesional por Covid, como se puede comprobar en las estadísticas. Esto es así porque pese al anuncio del Gobierno, la Covid-19 hoy por hoy solo se considera a efectos de la prestación de incapacidad temporal, lo que significa que cuando finalice la pandemia sus secuelas no podrán justificarse como un daño derivado del puesto de trabajo.

Sin embargo, la sentencia es clara y considera acreditado que este trabajador sufrió un primer proceso de Incapacidad Temporal con diagnóstico de síndrome respiratorio agudo severo asociado al coronavirus y, por tanto, que sufrió una enfermedad recogida en el listado de enfermedades profesionales -enfermedades infecciosas causadas por el trabajo de las personas que se ocupan de la prevención, asistencia médica y actividades en las que se ha probado un riesgo de infección-. El tribunal también considera probado que sufrió un riesgo de exposición al coronavirus en su profesión.

Respecto a la segunda incapacidad temporal con el diagnóstico de disnea y alteraciones respiratorias, la magistrada entiende que no existe ninguna duda de que son consecuencias derivadas del contagio por coronavirus y que, por lo tanto, debe ser considerada igualmente enfermedad profesional. A raíz de esta sentencia, CSIF promoverá nuevas reclamaciones individuales para que se reconozca este derecho.

Además, como siempre ha defendido la central sindical, los tribunales corroboran los argumentos de CSIF a los efectos de que el reconocimiento de enfermedad profesional debe ser extensivo a todo el personal que presta sus servicios en centros sanitarios o sociosanitarios, independientemente de la categoría profesional que desarrollen en los mismos.

Déficit en el reconocimiento

Trabajadores y trabajadoras de todos los ámbitos, en los servicios considerados esenciales, cuando se decretó el confinamiento y de manera especial el personal de la sanidad, llevan más de un año expuestos al virus. Sin embargo, CSIF subraya que la vigilancia de la salud en el trabajo sigue siendo una asignatura pendiente en España. De entrada, los indicadores muestran un déficit en el reconocimiento de las contingencias laborales y prestaciones que se derivan del contagio del virus.

El pasado mes de febrero, tal y como había solicitado la central sindical desde el inicio de la pandemia, el Gobierno reconoció el contagio de Covid-19 como enfermedad profesional para el personal que preste sus servicios en centros sanitarios y socio sanitarios con efectos retroactivos desde que comenzó la pandemia, un reconocimiento fundamental para la futura protección en caso de secuelas graves o las indemnizaciones derivadas del fallecimiento. Ya entonces CSIF avisó de las deficiencias de este decreto si no se facilitaba la gestión de oficio.

Por otra parte, la Estadística de Accidentes de Trabajo correspondiente al año pasado y los tres primeros meses de 2021 -últimos datos disponibles- únicamente reconoce 26 muertos y 14.358 accidentes de trabajo por Covid19. CSIF considera que estas cifras no reflejan la realidad de los efectos del coronavirus entre las personas trabajadoras, a tenor de la evolución de la pandemia y los datos del Ministerio de Sanidad.

Si comparamos las estadísticas, vemos que hasta marzo de este año se registraron 13.252 accidentes de trabajo por Covid-19 entre el personal de la sanidad, 24 de ellos mortales, según datos del Ministerio de Trabajo. Sin embargo, Sanidad eleva la cifra de contagios en el mismo periodo a más de 128.280.

Esto supone que sólo se están reconociendo como accidente laboral por Covid-19 un 10% de los casos en el personal sanitario, el colectivo laboral con mayor cifra de contagios en España desde el inicio de la pandemia. Después del personal de la Sanidad, según la misma estadística del Ministerio de Trabajo, en el mismo periodo, las actividades económicas en las que se registraron accidentes de trabajo son: residencias -llama la atención que solo registran 701 y ningún caso mortal pese a la especial virulencia de la Covid19 en este sector-; administración pública y defensa -318 accidentes y ningún fallecido- y otras actividades -87 accidentes y ningún fallecido-.

CSIF considera que esta falta de reconocimiento de los accidentes laborales por Covid-19 en la estadística del Ministerio de Trabajo se explica por errores en la tramitación de los expedientes y una clara falta de voluntad política por garantizar la protección de estos colectivos, especialmente en la sanidad, donde los contagios se sitúan desgraciadamente a la cabeza a nivel internacional.

Además, la central sindical denuncia las trabas que se están produciendo por parte de los servicios de prevención de administración pública y empresas privadas, así como por parte de la Seguridad Social al reconocimiento de esta contingencia profesional y sus correspondientes prestaciones.

Esta circunstancia, derivada del caos en la gestión de las bajas laborales -se contabilizan como bajas por enfermedad común en vez de accidente de trabajo- genera desprotección y pérdida económica, ya que se dejan de percibir las guardias y la productividad, entre otros conceptos, y se pierde la indemnización por secuelas. De hecho, el colectivo de la Sanidad estuvo en desamparo hasta que el Gobierno reconoció el contagio como accidente laboral y enfermedad profesional tras las presiones de CSIF.

Además, desde la central sindical subrayan el impacto psicosocial que ha producido en los profesionales y la necesidad de una vigilancia de la salud más exhaustiva, apoyo psicológico y seguimiento de las secuelas postcovid.

Si algo ha visibilizado esta pandemia es que la Prevención de Riesgos Laborales sigue siendo una asignatura pendiente para las diferentes administraciones, poniendo de manifiesto las deficiencias que existen en los centros de trabajo, como la falta de equipos de protección individual, la deficiente previsión y planificación y la insuficiente dotación de recursos humanos, que derivan en accidentes de trabajo, enfermedades profesionales y, desgraciadamente, en fallecimientos.

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