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Martes 19/11/2024
 
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El supremo absuelve a Ibarretxe y a Patxi López

El alto tribunal no estima que sea delito hablar con Batasuna

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  • Juan José Ibarretxe y Patxi López en el banquillo. -
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo acordó hoy por unanimidad el sobreseimiento libre y archivo de la causa por desobediencia abierta contra el actual lehendakari, Patxi López; el anterior, Juan José Ibarretxe; el ahora consejero del departamento de Interior del gobierno vasco Rodolfo Ares, y cinco representantes de la izquierda abertzale, entre ellos, Arnaldo Otegi, por mantener reuniones coincidiendo con la tregua de ETA en el año 2006, estando ya ilegalizada Batasuna. Considera que los hechos no fueron constitutivos de delito.

El tribunal, integrado por los magistrados Juan Saavedra, Andrés Martínez Arrieta, Julián Sánchez Melgar, José Manuel Maza y Alberto Jorge Barreiro, adelantó hoy el fallo de su resolución tras la deliberación de los recursos que habían sido presentados por las asociaciones Foro de Ermua y Dignidad y Justicia contra el archivo de la causa por parte del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV)

La decisión del Supremo, que entra en el fondo del asunto supone, no obstante, la estimación del recurso de las asociaciones en el sentido de reconocerles legitimación para solicitar la apertura del juicio oral sin necesidad de que la Fiscalía acuse en este procedimiento. Esta postura cuenta con el voto particular de uno de los magistrados, que se dará a conocer en los próximos días, junto con la totalidad de la resolución.

Doctrina Atutxa
El Supremo aplica a este caso la denominada 'doctrina Atutxa', que considera suficiente legitimada la acusación popular, aunque no exista la del fiscal, al tratarse de un delito, el de desobediencia, que no implica la existencia de un perjudicado directo.

Esta doctrina se aplicó por el Supremo en enero 2008 para considerar que bastaba la existencia de acusación popular, en este caso del Sindicato Manos Limpias, para condenar a Atutxa y los ex miembros de la Mesa de esta Cámara Kontxi Bilbao y Gorka Knorr por un delito de desobediencia por no disolver el grupo parlamentario Sozialista Abertzaleak, considerado sucesor de Batasuna.

El planteamiento adoptado hoy se opone al conocido como 'doctrina Botín', aplicado por el alto tribunal para absolver al citado banquero en el caso denominado "cesiones de crédito" a finales de 2007. En dicha ocasión se estableció que no basta la única petición de la acusación popular para abrir juicio oral y sentar a los acusados en el banquillo.

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco archivó la causa contra López e Ibarretxe -con el voto discrepante del presidente del tribunal, Manuel Díaz de Rábago- al aplicar al mismo la ya citada 'doctrina Atutxa' y considerar que no existía acusación legítima por ser la acción penal únicamente ejercida por la acusación popular (por parte del Foro de Ermua y de Dignidad y Justicia).

Durante el juicio celebrado en Bilbao, tanto la Fiscal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma Vasca, María Ángeles Montes, como la defensa de López y Ares, y de los cinco representantes de Batasuna, solicitaron el sobreseimiento en base a la 'doctrina Botín'.

El Supremo no acoge este argumento, pero entra en el fondo del asunto para afirmar que los hechos denunciados no son constitutivos de delito.

Las acusaciones populares ejercidas durante la vista oral por las asociaciones de víctimas, ahora recurrentes, solicitaron penas superiores a los dos años para los participantes en las reuniones, entre los que también se encontraban los miembros de la izquierda abertzale, Pernando Barrena, Rufi Etxeberria, Olatz Dañobeitia y Juan José Petrikorena.

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