La sentencia de la sala segunda de lo penal de este tribunal declara probado que, sobre las 21.00 horas de ese día, Clemente y García Vidal accedieron al garaje del edificio en el que residían Herrero y su marido, Fracisco Colell, que se disponían a recoger su vehículo, y tras identificarse como miembros de los Grapo “les indicaron que iban a tratar de temas económicos”.
“Somos del Grapo, esto es un secuestro, no hagan nada y no les pasará nada (...), sólo venimos a por dinero”, dijo Clemente al matrimonio, propietario de una empresa de trabajo temporal, según la sentencia.
El tribunal ha considerado a los acusados autores de un delito de asesinato terrorista consumado y de otro en grado de tentativa, así como de dos de detención ilegal.