La Audiencia de Granada ha condenado a cuatro años de cárcel a los dos patronos de una pequeña embarcación en deficientes condiciones que fue interceptada cuando viajaba desde Nador a costas españolas con setenta personas, entre ellas siete menores y dos mujeres embarazadas.
La sentencia de la Audiencia, a la que ha tenido acceso Efe, considera probado que los dos acusados, Slaka D. y Mohemed S., ambos en situación irregular en España, cometieron un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros como patronos de una patera.
La patera, una embarcación semirrígida, de unos diez metros de eslora y 2,5 de manga y "en deficiente estado de conservación", partió de Nador hacia costas granadinas y fue interceptado el 10 de septiembre del año pasado por agentes del Servicio Marítimo de la Guardia Civil cerca de Motril.
En la patera viajaban 70 pasajeros -46 hombres y 17 mujeres, dos de ellas en avanzado estado de gestación- junto a siete menores, tres de ellos bebés.
Los pasajeros, todos subsaharianos, fueron captados por personas no identificadas y trasladados en autobús hasta el punto de salida, donde los dos acusados asumieron la tarea de pilotar la patera.
La embarcación sólo contaba con brújula para orientarse y carecía de iluminación, medidas de seguridad o bengalas para alertar de un posible accidente.
La sentencia resalta el testimonio durante el juicio de tres de los pasajeros de la patera, que identificaron a los condenados "sin contradicción en sus manifestaciones" y que explicaron que uno pilotaba la embarcación y el otro se encargaba del combustible.
La sentencia subraya el "radical desprecio por la vida e integridad de los ocupantes" de los acusados al generar una "situación de riesgo" y quintuplicar la capacidad de la embarcación, lo que provocó además el adormecimiento de las piernas de los subsaharianos por la falta de espacio.
Al ser interceptados, los acusados intentaron confundirse con el pasaje.
La Fiscalía calificó los hechos como un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros, por el que pidió para los dos acusados la pena de diez años de cárcel, mientras la defensa de los dos condenados solicitó su libre absolución.
La sentencia, contra la que cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo (TS), ha condenado a los dos patronos de la patera a cuatro años de prisión.