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Viernes 08/11/2024
 

Ronda

El Ayuntamiento trabaja en una ordenanza que regule la circulación de patinetes eléctricos

Está previsto que la regulación inicial se lleve a Pleno para su aprobación el próximo mes de septiembre

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  • La alcaldesa y el delegado de Movilidad han presentado la propuesta. -

El Ayuntamiento de Ronda está trabajando en la elaboración de una ordenanza que regule la circulación de patinetes y otros vehículos de movilidad personal (VMP) en aras de organizar y adaptar la normativa actual a la realidad creciente de la existencia de estos medios de transporte por las vías. Así lo ha dado a conocer la alcaldesa, María de la Paz Fernández, quien ha anunciado que la previsión pasa por que el documento inicial de esta norma se presente en el Pleno del mes de septiembre para su aprobación.

De esta manera y como paso previo, tal y como exige la legislación actual, es abrir una consulta pública que ya se ha publicado en la web municipal, dentro de la Pestaña Ayuntamiento, Tablón de Edictos. https://ronda.sedelectronica.es/preview-document.4 “queremos que los rondeños participen en este proceso, aportando ideas o sugerencias que enriquezcan el trabajo que se está haciendo desde el área de Tráfico”, ha indicado la alcaldesa al respecto.

En paralelo a este trámite, se está elaborando la ordenanza, tomando como referencia todas las recomendaciones y pautas fijadas por la Dirección General de Tráfico a este respecto y también las indicaciones que ya se han publicado en el BOPMA de otras localidades que han avanzado en esta normativa, como es el caso de Marbella.

De esta manera, la norma contempla aspectos como que, los usuarios de patinetes eléctricos y similares deben tener, al menos, 14 años. Será obligatorio que el conductor use casco y no podrá transportar otros viajeros, animales o bultos que dificulten la visibilidad o conducción segura. Además, no podrán conducir empleando auriculares, usando el teléfono móvil o cualquier otro dispositivo que les distraiga durante el manejo del VMP. 

La velocidad máxima que podrán alcanzar durante la circulación es de 25 kilómetros por hora, reduciéndose hasta 20 en vías urbanas de sentido único, pudiendo rebajarse incluso a 10 kilómetros por hora en puntos concretos, siempre que se señalice específicamente. Deben circular por la calzada y en el mismo sentido que el resto de los vehículos. Se va a prohibir que circulen por la acera y en zonas peatonales o vías en las que no puedan circular otros vehículos, salvo que cuenten con un permiso especial.

Los conductores deberán llevar calzado cómodo e ir sujetos, en todo momento al manillar, en caso de que el vehículo lo tenga. Junto con ello, incorporará que si el transporte cuenta con indicador de dirección (intermitente) es obligatorio que el conductor haga uso de los mismos.  También es recomendable que usen chalecos y otras prendas reflectantes.

Por otra parte, estará prohibido circular bajo los efectos del alcohol, sustancias estupefacientes, estimulantes y similares. Al igual que el resto de conductores, deberán someterse a las pruebas pertinentes cuando la autoridad se las requiera.

 

 

 

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