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Lunes 18/11/2024
 
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Andalucía

7 años de cárcel a un profesor de Educación Física por agresión sexual a cinco alumnas

Desde 2016 hasta octubre de 2018 el profesor efectuó hechos similares sobre otra niña de 8 años, y en el mismo espacio temporal repitió con otra de 7 años

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  • Juzgados. -

La Audiencia Provincial de Murcia ha condenado a penas que suman siete años y un mes de cárcel y multa de 900 euros a un profesor de Educación Física que reconoció en el juicio que agredió sexualmente durante años de cuatro alumnas, y en otra ocasión a una quinta, todas ellas menores de edad.

La sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, señala que la mayor parte de los delitos por los que se le condena se produjeron a partir de 2017, cuando había asumido la dirección del centro de Infantil y Primaria dependiente de la Comunidad de Murcia en el que impartía educación física.

El relato de hechos probados señala que el primero de los cuatro delitos continuados se produjo en los años 2003 y 2004, cuando en un indeterminado número de ocasiones realizó tocamientos sobre una alumna que tenía 10 años.

Desde 2016 hasta octubre de 2018 el profesor efectuó hechos similares sobre otra niña de 8 años, y en el mismo espacio temporal repitió con otra de 7 años.

Durante el curso escolar 2018-2019 cometió otro delito continuado sobre una escolar de 9 años, y en octubre de 2018 mantuvo la misma conducta delictiva en una ocasión sobre otra niña de 10 años.

La sentencia de conformidad le impone también siete años de libertad vigilada y 28 de inhabilitación especial para el ejercicio de cualquier profesión u oficio que conlleve el contacto con menores, así como un alejamiento de 200 metros de las menores de distinta duración.

Finalmente, deberá indemnizar a las cinco víctimas con cantidades que suman 67.000 euros, de los cuales antes de la celebración del juicio había adelantado 47.000, declarándose por el tribunal a la comunidad autónoma responsable civil subsidiario al ser el acusado funcionario de la misma.

La Sala acuerda dejar en suspenso el cumplimiento efectivo de las penas de prisión durante cinco años a condición de que durante ese tiempo no vuelva a delinquir, abone la parte de las indemnizaciones que le falta y pague la multa impuesta por uno de los delitos y otra de 4.800 a la que se le obliga por el beneficio que se le concede.

Para abonar la responsabilidad civil pendiente se le permite hacerlo en 60 cuotas mensuales, y para pagar la segunda multa, en 50 mensualidades. 

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