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Viernes 15/11/2024
 
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Andalucía

La DGT: no ha anunciado nuevas enfermedades que impedirán renovar el carnet de conducir

Publicaciones en redes sociales aseguran que la DGT endurecerá a partir de 2025 los requisitos para obtener y renovar el carnet conducir

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  • Tráfico. -

La Dirección General de Tráfico (DGT) no ha publicado un nuevo listado de 35 enfermedades, entre las que se encuentran algunas tan comunes como la celiaquía o la ansiedad, que impedirían a los conductores que las padezcan renovar su carnet de conducir a partir de 2025, como señalan mensajes en redes sociales.

Publicaciones en redes sociales aseguran que la DGT endurecerá a partir de 2025 los requisitos para obtener y renovar el carnet conducir a aquellas personas que sufran una condición médica que pueda poner en riesgo su capacidad de conducción.

En este sentido, los mensajes señalan que este organismo ha elaborado un listado de 35 enfermedades que teóricamente impedirían a la persona que sufran alguna de esta afecciones tener un permiso de circulación en España.

En la citada lista se contemplan enfermedades digestivas como la celiaquía o la enfermedad de Crohn, problemas endocrinos como la diabetes o la paratiroides, además de la ansiedad o el cáncer.

HECHOS: El listado que se difunde como si hubiera sido elaborado por la DGT es falso y las aptitudes psicofísicas requeridas para obtener o renovar el carnet de conducir no han cambiado desde 1997, según fuentes de este organismo.

Fuentes de la DGT han explicado a EFE Verifica que no es cierto que el organismo haya publicado la supuesta lista y señalan que las enfermedades y deficiencias que son incompatibles con el permiso de conducir se especifican en el anexo IV del Reglamento General de Conductores, sin que haya habido cambios sustanciales desde 1997.

La página del Boletín Oficial del Estado (BOE) permite consultar que el citado anexo ha sufrido algunas modificaciones parciales en los últimos años. La última fue en 2023, cuando se especificó que la fecha de renovación de las personas que hayan superado trastornos oncohematológicos renueven su carnet en función de la edad que les corresponda, en lugar del plazo máximo de tres años que estipulaba hasta entonces la norma.

El anexo IV no incluye enfermedades como la celiaquía, la ansiedad o la enfermedad de Crohn, aunque sí aparecen otras restricciones para problemas de salud como la epilepsia o haber recibido un trasplante renal.

Por otro lado, la DGT tampoco ha publicado ninguna nota de prensa u información acerca de un cambio en estos criterios.

En definitiva, las condiciones médicas y físicas que impiden la obtención o renovación del carnet de conducir están recogidas desde 1997 en el Reglamento General de Conductores y la DGT no ha publicado ningún listado que contradiga o modifique estos criterios.

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