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Sábado 09/11/2024
 

?Aquí no está bien visto que las partes medien en juicios penales?

"Hay una concepción de la Justicia muy pleitista. La primera solución ante el conflicto siempre ha sido la demanda"

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Antiguamente, el fiscal cumplía aquellas funciones que hoy se le atribuyen a otras figuras como el Defensor del Pueblo; sin embargo, la función del Ministerio Fiscal sigue siendo la de velar por que no se vulneren los derechos fundamentales de las personas.

¿Cuál cree que es la visión que tienen los ciudadanos sobre la administración fiscal?
–Creo que el ciudadano tiene la visión del fiscal como el acusador neto, de la persona que pide la condena de otra en un juicio penal. Pero nuestra función es mucho más amplia. Intervenimos en el tema de menores, violencia de género, protección de la familia e incluso, sorprendentemente, en algunos casos del ámbito penal hemos pedido absoluciones. En general puedo decir que hay un gran desconocimiento sobre la figura del fiscal y en general de la administración de justicia y nos gustaría que la gente conociera más cuáles son nuestras funciones, tanto para lo bueno, como para lo malo.
Entonces, ¿cree que la gente hace un mal uso de la administración de justicia a causa de ese desconocimiento?
–El prejuicio que se tiene obedece a que siempre ha habido una concepción de la justicia muy pleitista, es decir, la primera solución frente al conflicto siempre ha sido la demanda y el juicio, además, llevado hasta el final, en todas las instancias. Frente a eso, la mayoría de los despachos en el extranjero, en primer lugar el ciudadano va a una asesoría, donde se le guía para evitar el conflicto. En España no es común acudir a un despacho para, simplemente, el asesoramiento. Otro fallo es que aquí tampoco existe la mediación. Esto es que, una vez producido el conflicto, los abogados de ambas partes se pongan de acuerdo para llegar a un término medio. Es más, en el ámbito penal, aquí no está bien visto la negociación de las partes, mientras que en el 90% de los casos penales de cierta importancia en Estados Unidos, o Reino Unido, se hace.
Ha hablado del tema de la protección de menores, quizá en este ámbito hay una visión un poco negativa de lo que es la figura del fiscal al ser el que determina el quitar la tutela de los niños a los padres...
–Los fiscales siempre están al servicio de los menos favorecidos, y en este caso, son los menores. La posibilidad de que la Administración Pública asumiera la decisión administrativa de la tutela de menores apareció en el año 87.
Yo viví los primeros momentos de la nueva configuración, porque anteriormente, únicamente se intervenía cuando no había padres o eran desconocidos. Y cuando eso cambió fue un tema controvertido porque se pensó que la Administración asumía poderes que eran demasiado extensos. Además chocaba con la mentalidad de la época de que muchos padres decían “mi hijo es mío y puedo hacer con él lo que estime oportuno”. Pero la verdadera configuración de la patria potestad se configura en beneficio del menor, y son derechos que se le atribuyen a los padres porque se considera que los hijos, por su madurez o condiciones físicas, son incapaces de hacerlo por sí mismos. ¿Qué ocurre cuando es notorio que los padres no están actuando en beneficio de los hijos? Se abre la posibilidad de que las administraciones públicas puedan intervenir, suspender el ejercicio de la patria potestad y entonces asume la administración, provisionalmente, la tutela sobre los menores, que normalmente se atribuye a una familia acogedora. Pero si se eliminasen esos motivos por los que se ha retirado la patria potestad, el menor volvería con sus padres.
Usted ha vivido también el proceso de cambio de legislatción sobre la violencia de la mujer, ¿cuál ha sido la evolución?
–En principio fue una verdadera avalancha lo que se nos vino encima. Yo creo que el legislador no tuvo en cuenta lo que podía significar la protección integral de la violencia sobre la mujer, porque se llevan tanto la protección penal como la civil. Fue sorprendente porque hubo muchísimas denuncias, sobre todo en los primeros tiempos. Creo que al menos en los dos primeros años, más de la mitad de los detenidos en el partido judicial de Jerez era por tema de violencia de género.
Posiblemente eso ocurrió porque, al verse las mujeres maltratadas durante muchos años con la posibilidad de acudir a los tribunales y no quedar desamparadas frente al maltratador se animaron a denunciar. En la actualidad hay un juzgado que se dedica en exclusiva a la problemática de violencia de género, que anda bastante encauzada, aunque, lógicamente, esa avalancha de denuncias que hubo en un primer momento ha ido aminorando.
¿Qué visión daría de la problemática?
–La violencia de la mujer es una temática bastante amplia y quizá, el único reparo que habría que poner a la ley de 2004 es que la visión que dan del problema es unidireccional. La ley parte de la base de que la violencia sobre la mujer procede de una relación conflictiva entre el hombre y la mujer en el matrimonio e, incluso, de una situación ancestral de dominio del hombre sobre la mujer, que se agrava cuando en la modernidad se reconoce una igualdad de derechos que se intenta eludir a través de la violencia.
Yo creo que el caso es mucho más complejo. En los casos que he visto yo de la violencia sobre la mujer, ha habido detrás de esa violencia alcoholismo, adicción a la cocaína y, en otros casos, determinados desequilibrios mentales, que se han plasmado en la violencia sobre la persona más cercana, que es la pareja. Pero una problemática muy preocupante es la violencia de género en parejas muy jóvenes. Novios que ni siquiera conviven juntos y que, por lo tanto, no tienen los problemas económicos o de familia y donde, sin embargo, había una violencia inusitada. Eso se debe al incremento de violencia en los menores.

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