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Sábado 16/11/2024
 
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España

Exhibir banderas preconstitucionales se penalizará si se incita a la violencia

Interior asegura que la ley "beneficiará" a los que se manifiestan porque pretende evitar que las protestas "se contaminen" con actos violentos

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  • Banderas preconstitucionales. -

Exhibir banderas o símbolos preconstitucionales o franquistas será sancionado administrativamente conforme a la futura Ley de Seguridad ciudadana si incitan a la violencia, el racismo o la xenofobia, según ha explicado este lunes el secretario de Estado de Seguridad, Francisco Martínez.

   El 'número dos' de Interior ha asegurado que la ley se aplicará "con arreglo al principio de proporcionalidad" y que no entrará en "consideraciones de tipo político, sean las que sean", sino en conductas de fomento del odio que, además, ya están tipificadas en la Ley del Deporte y en otras normas.

   En sendas entrevistas en Onda Cero y Antena 3 recogidas por Europa Press, Martínez ha defendido la futura ley subrayando que, con la potestad sancionadora del Estado, la ley pretende cubrir el "terreno" que queda entre los delitos tipificados en el Código Penal --del que van a desaparecer las "faltas"-- y la "impunidad total".

   En el caso de las ofensas a España, ha explicado que en la Ley de Seguridad la redacción será "prácticamente idéntica" a lo previsto en el Código Penal, salvo que se aplicará a "todo aquello que no llegue a tener consideración de delito", como quemar una bandera.

   También será una ofensa, ha dicho, pitar el himno en un partido de fútbol, aunque ha reconocido que otra cosa es la posibilidad real de identificar a los autores de esas ofensas". Martínez ha subrayado que los símbolos constitucionales son "bienes jurídicos" que se deben "proteger".

   En cuanto a las protestas contra los desahucios, ha explicado que se sancionarán las que lleguen a impedir los desalojos porque lo que se penaliza es la "obstrucción" de las obligaciones de los funcionarios públicos: "Si se protesta de manera pacífica, sin violencia y sin realizar una obstrucción real a esas funciones no van a entrar en ese tipo infractor".

   Así, ha invitado a leer íntegramente cómo se definen los tipos infractores, asegurando que están "muy medidos". Según ha dicho, en realidad, "los primeros beneficiados" de la ley serán quienes "ejercen el derecho" de manifestación, porque "pretende evitar que el ejercicio de este derecho se contamine" con actos violentos. Por ejemplo, ha subrayado que el uso de capuchas o cascos se castigará cuando se utilicen para alterar el orden público.

NO SE ALTERA EL DERECHO DE MANIFESTACIÓN

   Martínez ha incidido en que no se modifica ni se ponen requisitos del derecho de manifestación, que sigue definido por una ley de 1983 que sólo obliga a su "notificación" a las delegaciones de Gobierno, y también en que la cuantía de las multas permanece "invariable" respecto a la ley de 1992. "Esta futura ley no pretende recortar ningún derecho sino establecer sanciones para conductas violentas", ha remachado.

   La ley es consecuencia de la reforma del Código Penal, en el que dejarán de estar tipificadas las faltas, así que ha defendido que el origen de la ley es "descriminalizador". Y, en este punto, ha asegurado que la vía administrativa es garantista, con procesos de instrucción a cargo de las delegaciones de gobierno en las que cabe presentar alegaciones y aportaciones. Además, ha recordado que después cabe recurrir judicialmente las sanciones aunque, eso sí, pagando las tasas que establezca la ley.

   Por último, ha dejado claro que le ley puede sufrir nuevos cambios antes de que el Gobierno apruebe el proyecto de ley definitivo y, posteriormente, en su tramitación parlamentaria.

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