El tiempo en: Aljarafe
Viernes 22/11/2024
 
Publicidad Ai
Publicidad Ai

Sevilla

Libertad provisional para el camionero del atropello mortal en la AP-4

El Juzgado de Utrera le impone la obligación de comparecer quincenalmente ante el juez, la retirada del pasaporte y prohibición de salir del territorio nacional

Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai Publicidad Ai
  • El lugar del accidente. -

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 4 de Utrera (Sevilla) ha acordado este viernes la puesta en libertad provisional del camionero detenido tras atropellar mortalmente a seis personas, entre ellas dos agentes de la Guardia Civil, en un control de este cuerpo en la AP-4.

En el auto, sobe el que ha informado este viernes el TSJA, el Juzgado impone la obligación de comparecer los días 1 y 15 de cada mes en el Juzgado, la retirada del pasaporte y la prohibición de salida del territorio nacional, al camionero que arrolló a varios vehículos en un control en la AP-4, en el término municipal de Los Palacios y Villafranca.

Este pasado martes, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Utrera, que no llevaba la causa pero se encontraba en funciones de guardia, acordó, a petición de la Fiscalía, el ingreso en prisión provisional, comunicada y sin fianza del camionero por seis presuntos delitos de homicidio imprudente del artículo 142.1 del Código Penal y varios delitos de lesiones graves por imprudencia del artículo 152.1 del Código Penal.

Esta medida queda ahora sin efecto tras haberlo resuelto así el juzgado 4 de Utrera, que es el que lleva la causa y que ha remitido el correspondiente mandamiento para la puesta en libertad del camionero, encarcelado en Sevilla-I y que de este modo abandonará la prisión en las próximas horas.

El Juzgado entiende que, “sin querer prejuzgar el asunto, la dificultad de encuadrar la conducta del investigado en este momento dentro de la imprudencia grave o menos grave debe excluir la medida cautelar de prisión provisional solicitada, pues en el caso de encontrarnos dentro del delito leve de homicidio y lesiones por imprudencia del artículo 142.2 y 152.2 del Código Penal, la pena que se impondría sería de multa y no de prisión”.

Asimismo, considera en el auto que, dejando a un lado el debate de la imprudencia, y aunque se apreciara la comisión de los delitos imputados por la Fiscalía y pudiera aplicarse el artículo 142 bis del Código Penal, “tampoco se darían los presupuestos para la adopción de la medida cautelar solicitada, y ello porque no se dan los fines constitucionalmente previstos, es decir, evitar la sustracción a la acción de la justicia; evitar la obstrucción de la instrucción penal, y en un plano distinto aunque íntimamente ligado evitar la reiteración delictiva”.

De la misma forma, cree que debe tenerse en cuenta que la prisión provisional ha de ser concebida como "una medida excepcional, subsidiaria, necesaria y proporcionada a la consecución de los fines anteriormente señalados", y que en este caso "no se dan los citados requisitos".

Agrega que "no se acredita ni la concurrencia de los fines constitucionalmente establecidos para su adopción ni se concibe como una medida idónea, necesaria ni proporcionada dados los hechos investigados, pudiendo adoptarse otras medidas menos gravosas para cubrir los eventuales riesgos que pudieran producirse”.

El camionero, de 59 años y que trabaja para una empresa de transportes de Lucena del Puerto (Huelva), fue detenido después de que atropellara mortalmente este martes a seis personas en el control de la Guardia Civil en la autopista AP-4 a la altura de Los Palacios (Sevilla).

Además de los seis fallecidos, en el accidente resultaron heridos graves otros tres guardias civiles, que fueron trasladados a hospitales de Sevilla.

Los dos agentes fallecidos y sus tres compañeros heridos formaban parte de un despliegue de los Grupos de Acción Rápida (GAR) para combatir el narcotráfico en el sur y estaban realizando un control aleatorio en esa zona de la autopista, en un operativo habitual.

La Dirección General de Tráfico (DGT) apunta a la somnolencia del conductor del camión, que transportaba frutas y hortalizas, o a otra distracción como la causa principal del accidente.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN