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Sábado 16/11/2024
 
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Sevilla

Una divorciada se querella contra un juez por suspender una comunicación telefónica con su hijo

Según la querellante, el juez suspendió la comunicación de forma "unilateral" tras pedirlo el padre, que tiene la custodia y se encontraba en París con su hijo

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Una mujer a la que el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 2 de Sevilla retiró la custodia de su hijo menor de edad para dársela al progenitor, sobre el que pesa una condena de nueve meses de prisión por maltratar a su expareja y madre del pequeño, ha presentado una querella contra el juez, consultada por Europa Press, por un presunto delito de prevaricación, todo ello después de que el magistrado "suspendiera de manera unilateral" una comunicación telefónica entre madre e hijo tras pedirlo el padre, que se encontraba con el menor en París.

   Hay que recordar que el abuelo materno del menor presentó una primera querella contra el juez --ya archivada-- después de que otorgara la custodia de su nieto al padre, pues consideraba que había incurrido en un supuesto delito de prevaricación, mientras que, en paralelo, la madre del pequeño, "por su propia cuenta y riesgo", decidió no entregar al menor hasta que fue localizada y detenida en otra provincia por un presunto delito de secuestro de menores.

   Posteriormente, se dictó un auto de medidas por el que se otorgó a la madre del menor "el derecho de comunicaciones telefónicas con su hijo, menor de cinco años, los miércoles y sábados, comunicaciones telefónicas supervisadas en Punto de Encuentro Familiar", pero el juez "acordó suspender la comunicación del pasado 25 de abril de manera unilateral" y después de que el padre lo solicitara al estar con su hijo ese día en Euro Disney, en París (Francia).

   La madre ha decidido interponer una querella contra el juez, elevada al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), en la que pone de manifiesto que el día 24 de abril "recibieron un fax por la tarde en virtud del cual se acordaba la suspensión de las llamadas telefónicas, con base" al referido escrito presentado por el padre, "del que no se nos dio traslado hasta el día siguiente, en el cual tenía que tener lugar dicha comunicación".

"EL ÚNICO RÉGIMEN DE VISITAS QUE TIENE" LA MADRE

   "Es decir, de manera unilateral, sin contar ni tan sólo con el conocimiento" de la madre, "se acuerda suspender la comunicación", que es "el único régimen de visitas que tiene" la madre del pequeño, prosigue la querella, que señala que, tras solicitar los justificantes del viaje, "no fue hasta el día 8 de junio" cuando se aportaron los mismos, que "indican que, desde el 29 de febrero, se había hecho la reserva y se tenía constancia de dicho viaje, pero no es sino 24 horas antes, y cuando ya el menor estaba fuera del país, cuando su señoría acuerda la suspensión, y ello en base a un escrito que no aporta justificación alguna".

   A juicio de la querellante, estos hechos "son constitutivos claramente" de un delito de prevaricación del artículo 446 del Código Penal, pues "es claro el ánimo de que adopta una decisión injusta y no conforme a derecho, adoptada por motivos ajenos a la función judicial, como pueden ser su interés personal por lo que estima unas desobediencias hacia su persona".

   Por último, y como quiera que el querellado todavía tiene que resolver sobre "una serie de procedimientos frente" a la madre del menor, el abogado de la misma pide que el juez "se inhiba de conocer o adoptar medida alguna" en tanto en cuanto se resuelva la presente querella.

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