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Lunes 18/11/2024
 
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Sevilla

Condenados por los ruidos de una discoteca que movían cuadros y platos

Los dueños de una discoteca de Estepa (Sevilla) han sido condenados a dos años de cárcel por los ruidos que emitían, que llegaban a mover los cuadros y platos de las viviendas situadas sobre el local y que obligaron a poner en tratamiento psiquiátrico a un niño de 3 años

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Los dueños de una discoteca de Estepa (Sevilla) han sido condenados a dos años de cárcel por los ruidos que emitían, que llegaban a mover los cuadros y platos de las viviendas situadas sobre el local y que obligaron a poner en tratamiento psiquiátrico a un niño de 3 años.

Una sentencia del juzgado penal 4 de Sevilla, a la que ha tenido acceso Efe, dice que el acusado Antonio G.V. obtuvo en abril de 2006 licencia para abrir la discoteca "Mandrágora", luego denominada "Akelarre", situada en una zona residencial de Estepa y que luego cedió al segundo condenado, Miguel A.G.

Desde abril de 2006 la Policía Local de Estepa recibió denuncias de los vecinos por las vibraciones y ruidos procedentes de la discoteca y desde entonces diferentes mediciones de la Policía, de empresas contratadas por el Ayuntamiento y de ingenieros constataron el exceso de ruidos que impedían dormir a los vecinos.

Los técnicos comprobaron que la discoteca no tenía conectado el limitador de sonido y que las viviendas situadas sobre el local recibían ruidos y vibraciones que llegaban a mover los cuadros y platos de cerámica colgados en las paredes, según la sentencia.

Además, la familia se veía obligada a colocar los colchones en el suelo de la estancia más alejada de la discoteca para poder dormir.

Precisa el juez que un niño de 3 años sufrió como consecuencia de tal contaminación acústica "irritabilidad y trastornos del sueño" de los que tardó en curar 730 días, durante los cuales necesitó tratamiento con ansiolíticos y asistencia de especialistas en psiquiatría y pediatría para el control de los síntomas.

Los padres del niño sufrieron trastorno adaptativo, que llevó al primero de ellos a consumir alcohol y tomar psicofármacos, sufrir síndrome ansioso-depresivo, alteraciones del sueño y precisar tratamiento psiquiátrico.

Por ello, el juez Rafael Díaz Roca impone a los condenados el pago de una indemnización de 33.000 euros a cada miembro de la pareja y de 27.000 euros a su hijo, además de una multa de 2.300 euros y 12 meses de inhabilitación para el ejercicio de cualquier actividad relacionada con pubs y discotecas.

La sentencia rechaza el argumento de los acusados, que atribuyeron los ruidos a la presencia de botellonas o "buñueladas", lo que el juez califica de "pintoresca afirmación pues es inverosímil que los técnicos, profesionales en la materia, hicieran mediciones acústicas en esas condiciones".

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