El tiempo en: Aljarafe
Sábado 16/11/2024
 
Publicidad Ai
Publicidad Ai

Sevilla

La víctima tampoco recurre la condena impuesta al hijo de Ortega Cano

La Fiscalía también decidió no recurrir la pena de un año y nueve meses de cárcel

Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
  • JOSE FERNANDO -

El joven a quien el hijo del extorero José Ortega Cano robó y agredió en el mes de noviembre de 2013 junto a un club de alterne de Castilleja de la Cuesta (Sevilla) ha decidido finalmente no recurrir la sentencia que condenó a José Fernando Ortega Mohedano a un año y nueve meses de cárcel.

   Fuentes del caso han informado a Europa Press de que la acusación particular que ejerce la víctima ha decidido no recurrir la sentencia por la que se condenó a un año y nueve meses de cárcel a José Fernando, para quien en el juicio celebrado el pasado mes de marzo solicitó una pena de dos años de prisión.

   De este modo, la acusación particular ejercida por el joven agredido modificó en el juicio sus conclusiones provisionales y rebajó de ocho a dos años su petición de condena para José Fernando, al que aplicó las atenuantes de confesión y reparación del daño y la agravante de abuso de superioridad, retirando la agravante de alevosía.

   Cabe recordar que la Fiscalía tampoco ha recurrido la sentencia contra el hijo de Ortega Cano, para quien en la vista oral solicitó una pena de tres años de prisión, por lo que en breve la sentencia podría ser declarada firme y los cuatro condenados podrán pedir la suspensión condicional de su ingreso en prisión.

   La juez condenó al hijo de Ortega Cano a un año y nueve meses de prisión por un delito de robo con violencia; al pago de una multa de 150 euros por una falta de lesiones, y a 31 días de trabajo en beneficio de la comunidad por conducir el coche robado a la víctima sin tener carné.

   Asimismo, la juez condenó por estos mismos hechos a otros tres jóvenes a penas de hasta dos años de prisión y absolvió a otros dos imputados por falta de pruebas.

   Hay que destacar que la juez aplicó a Ortega Mohedano las atenuantes de reparación del daño, ya que indemnizó a la víctima con 10.000 euros; colaboración con la justicia, pues fue el único de los seis jóvenes inicialmente acusados que confesó los hechos, y drogadicción.

   En el juicio, la Fiscalía aplicó al hijo de Ortega Cano únicamente las dos primeras atenuantes mencionadas y no la drogadicción, alegando en este sentido que las defensas tanto de Ortega Mohedano como del resto de acusados "no han justificado que esa noche se produjera la agresión porque estaban hasta arriba de alcohol o cocaína".

LOS HECHOS

   Los hechos, según la juez, tuvieron lugar sobre las 5,50 horas del 2 de noviembre de 2013, cuando los condenados se encontraban celebrando la festividad de Halloween "habiendo consumido alcohol y drogas" en el club nocturno 'Rey 2000', donde también se encontraba desde las 23,00 horas la víctima, Jonathan V.A..

   Éste "había consumido alcohol" y en un momento de la noche "empezó a llamar la atención y a molestar a los clientes del local", por lo que el encargado le dijo al camarero "que no le sirviera más alcohol", dice la juez, que precisa que, en un momento dado, Jonathan "derramó" la bebida que uno de los acusados estaba consumiendo, originándose un "enfrentamiento" en el que Francisco S.C. propinó un puñetazo en el rostro al denunciante.

   Tras ello, la víctima "huyó corriendo", siendo perseguido por Francisco S.C., José Fernando e Isaac F.C., quienes le dieron alcance ya en el exterior del local tras tirarle una piedra que le golpeó en la mano izquierda "y comenzaron a agredirle propinándole golpes y empujones" hasta que, una vez en el suelo, Francisco S.C. dijo "quitadle el móvil, el dinero y todo lo que lleve".

QUEMARON EL VEHÍCULO

   En ese momento, el hijo de Ortega Cano le registró los bolsillos del pantalón y le quitó dos teléfonos móviles, la cartera con documentación personal y 15 euros y un llavero con las llaves del domicilio y del Audi A-3 propiedad del padre del denunciante, marchándose seguidamente José Fernando e Isaac en el Audi.

   La sentencia relata que, el 5 de noviembre de 2013, el hijo de Ortega Cano conducía dicho coche en compañía de Isaac e Iván N.B. "pese a carecer de licencia o permiso que le habilite para ello por no haberlo obtenido nunca", hasta que se salió de la vía y volcó, momento en el que, "usando un bidón de gasolina, prendieron fuego al vehículo, que quedó calcinado, así como las pertenencias que la víctima tenía depositadas en el maletero".
Imprimir

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN