El Tribunal Supremo ha modificado una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) y ha calificado como asesinato el atropello intencionado de un hombre tras una discusión entre dos grupos que participaban en una cena de Navidad en Sevilla.
La muerte de Manuel Alías se produjo tras una discusión entre dos grupos que coincidieron en una cena de Navidad en un salón del Polígono Store de Sevilla a las tres de la madrugada del 12 de diciembre de 2010.
En su veredicto, el jurado popular que vio el caso calificó los hechos como un asesinato, aunque luego el TSJA lo consideró un homicidio doloso.
Ahora, el Tribunal Supremo vuelve a calificar los hechos como un asesinato y deja la condena en 16 años de cárcel ya que "los hechos indudablemente son graves aunque dentro de los escalones más bajos en términos de gravedad", por lo que "la pena no merece ningún incremento".
Tras la discusión entre los dos grupos, el acusado Juan Francisco G.D. se subió a su coche e hizo varios acelerones y frenadas, luego detuvo su vehículo tras un camión, esperó y arrancó de nuevo cuando vio pasar al peatón y le alcanzó intencionadamente.
La víctima salió despedida y falleció por traumatismo craneoencefálico, en un atropello que el acusado explicó porque no lo vio al ser de noche, circular con las luces apagadas y dado que en ese momento estaba mirando hacia atrás huyendo de quienes golpeaban su coche.