El tiempo en: Aljarafe
Publicidad Ai
Publicidad Ai

Sevilla

CSIF pide anular la orden del director de Sevilla-I de compartir celda

La cuestionada orden establece que cada celda esté ocupada "preferentemente" por dos internos

Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
  • Sevilla I -

El coordinador de Prisiones de CSIF en Sevilla, Claudio Esteban, ha solicitado al secretario general de Instituciones Penitenciarias, Ángel Yuste, que anule la orden dictada por el director de la cárcel de Sevilla-I por la que se establece que cada celda esté ocupada "preferentemente" por dos internos.

En el recurso de alzada, al que ha tenido acceso Europa Press, Claudio Esteban solicita a Instituciones Penitenciarias que anule la orden dictada por el director de la prisión con fecha 22 de marzo de 2017 relativa a la ocupación y cambios de celdas, ya que no se ajusta a derecho y provoca "perjuicios de difícil reparación".

En este sentido, el coordinador de Prisiones de CSIF en Sevilla señala que dicha orden de la dirección ordena que, "mientras el número de internos lo permita y, siempre teniendo en cuenta el punto anterior (que prohíbe cambios de celda y de departamento de internos), las celdas estarán ocupadas preferentemente por dos internos, salvo causas excepcionales debidamente motivadas por escrito".

Claudio Esteban expone que, con esta forma de proceder por parte del director de Sevilla-I, se incurre en una posible vulneración del principio de igualdad y seguridad jurídica y del derecho a la intimidad y también del artículo 19.1 de la Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria, que dispone que "todos los internos se alojarán en celdas individuales".

Asimismo, considera que la citada orden incurre en una posible vulneración del artículo 13.1 del Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, que aprobó el actual Reglamento Penitenciario, que explica que el sistema penitenciario estará orientado por el principio celular, de forma que cada interno disponga de una celda.

Este último precepto también reconoce que, de manera temporal y cuando la población reclusa supere el número de plazas individuales disponibles, se podrá albergar a más de un interno por celda, según recoge el recurso consultado por Europa Press.

En conclusión, el dirigente sindical asevera que la orden del director ordena que "las celdas estarán ocupadas preferentemente por dos internos", es decir, que "según la normativa impugnada goza de superioridad, primacía o preferencia la ocupación de una celda por dos internos a que, cuando haya disponibilidad para ello, cada interno disponga de una celda individual".

"La autoorganización ha de concretarse dentro del marco de la legalidad y, en cualquier caso, debe primar el principio de legalidad sobre el de conveniencia u oportunidad", afirma Claudio Esteban, que por todo ello recurre en alzada la orden dictada por el director de Sevilla-I y reclama a Instituciones Penitenciarias que declare la nulidad de la misma "por no encontrarla ajustada a derecho".

En este sentido, recuerda que una sentencia del Tribunal Supremo señala que "se ejerce arbitrariamente el poder cuando la autoridad o el funcionario dictan una resolución que no es efecto de la Constitución y del resto del ordenamiento jurídico sino, pura y simplemente, producto de su voluntad, convertida irrazonablemente en aparente fuente de normatividad".

Según señala el Supremo, "cuando se actúa así y el resultado es una injusticia, es decir, una lesión de un derecho o del interés colectivo, se realiza el tipo de prevaricación administrativa".

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN