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Sábado 09/11/2024
 

Sevilla

La jueza pide a la Policía Local el atestado del desalojo de Lipasam

La jueza de Instrucción 13 de Sevilla ha solicitado a la Policía Local que remita el atestado o informe del desalojo del pasado junio del Ayuntamiento

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La juez de Instrucción número 13 de Sevilla ha solicitado a la Policía Local que remita el atestado o informe instruido en relación al desalojo el pasado mes de junio del Ayuntamiento hispalense de concejales de Participa e IU-CA y los trabajadores contratados intermitentemente entre 2013 y 2016 por la sociedad municipal Limpieza Pública y Protección Ambiental (Lipasam).

En un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, la juez acuerda librar oficio a la Policía Local de Sevilla para que, "a la mayor brevedad posible", remita informe o atestado instruido "respecto a las circunstancias, de lugar, modo y personas implicadas" en el referido desalojo acaecido el 7 de junio en el vestíbulo del Consistorio.

Además, requiere a la Policía para que remita, "de existir", una copia de grabaciones de los hechos acaecidos en el vestíbulo del Ayuntamiento "inmediatamente previo al desalojo y del propio momento del desalojo policial", estimando así parcialmente la juez los recursos de IU y Participa contra su decisión de archivar sus denuncias contra el concejal de Seguridad, Juan Carlos Cabrera (PSOE), y los agentes de la Policía Local que protagonizaron el desalojo.

En este sentido, la magistrada decreta el sobreseimiento provisional en lugar del libre respecto a las denuncias de ambas formaciones políticas y acuerda las diligencias referidas "en aras al principio de derecho de defensa de los denunciados y de averiguar la íntegra verdad material de lo acaecido", según el auto consultado por Europa Press y fechado el día 7 de noviembre.

La juez alude a las "contradicciones" existentes en las denuncias presentadas por IU y Participa y asevera que, "en lo que finalmente coinciden los denunciantes y se visiona en el vídeo adjunto es que trabajadores y concejales y técnicos denunciantes se encontraban en el vestíbulo para manifestar los trabajadores sus protestas, acompañados y apoyados por los denunciantes, manifestación que carecía de autorización municipal y que suponía una alteración del buen orden del edificio".

Por ello, la instructora considera que Cabrera y los agentes de la Policía Local "estaban legitimados para decidir, ordenar y ejecutar el desalojo, aún por la fuerza caso de no obedecerse las órdenes policiales, pues a ello les legitima" la Ley "en cuanto a la obligación de velar por los edificios municipales".

La juez señala que, en sus recursos, tanto IU como Participa afirman que, una vez ordenada policialmente la dispersión de concejales y trabajadores y la expulsión de éstos del edificio del Ayuntamiento, "lo que pretendieron los denunciantes es conducir de nuevo a los trabajadores manifestantes hasta sus despachos ubicados en el Ayuntamiento".

Frente a ello, la magistrada asevera que esta versión, "dada la actitud de reunión y ocupación ilegítima del vestíbulo para manifestarse con el apoyo y beneplácito de los concejales y técnicos denunciantes, no podía ser aceptada por la Policía Local, ya que preparados los trabajadores para manifestarse sin autorización en el vestíbulo, el riesgo de que de accederse a dejarles penetrar aun más en el edificio prosiguiese con sus manifestaciones en otra dependencia del edificio era muy alto".
"AMPARO LEGAL"

Por ello, "la decisión policial de proseguir el desalojo gozó de amparo legal", considera la juez, que también señala que los denunciantes achacan a los agentes que les desalojaron "que emplearon patadas y golpes".

"Observándose en el vídeo que entre denunciantes y trabajadores de Lipasam era numeroso el grupo de personas que, desobedeciendo la orden de desalojo, pretendía entrar a otras dependencias encabezadas por los denunciantes, la táctica de formar los agentes una barrera humana para ir empujando hacia atrás a las personas a desalojar se aprecia de nuevo correcta y ajustada al principio de fuerza mínima imprescindible", considera la juez.

La juez dice que el hecho de que, "ante la fuerza policial de empuje, algunos de los denunciantes cayese por el empuje y la masa de personas agrupadas, no permite hablar de abuso de violencia, sino de consecuencia incidental lamentable pero exenta de responsabilidad penal".

En cuanto a la afirmación del concejal de Participa Julián Moreno de que, al pretender entrar en el edificio, un agente se lo impidió golpeándole en el pecho, la magistrada señala que "tal actuación policial estaba legitimada ante la tensión del momento y la degeneración en que se iban tornando los hechos".

Por último, y sobre la afirmación del portavoz municipal de IU Daniel González Rojas de que durante el desalojo forzoso un policía local lo agarró y tiró al suelo, la juez afirma que "el examen del vídeo aportado permite apreciar que los policías en barrera humana empujan a las personas a las que desalojan, personas que lejos de atender la orden policial y de abandonar el edificio ofrecen resistencia a abandonarlo, oyéndose voces de quienes discuten con la Policía sin hacer mínimo gesto de abandonar el vestíbulo".
PARTICIPA RECURRE

"Justamente son los denunciantes quienes replican verbalmente a la ordenes policiales y se interponen entre los policías y los trabajadores de Lipasam", asegura la juez en este auto, que ha sido recurrido ante la Audiencia Provincial de Sevilla por Participa al considerar que "existen indicios de que se han producido los delitos" denunciados y que las diligencias acordadas "son a todas luces insuficientes".

A su juicio, "existen importantes lagunas que conviene aclarar antes de declarar que no existe ilícito penal, debiendo practicarse las diligencias de instrucción que se entiendan necesarias y las que se solicitan de parte", añadiendo que "no se puede descartar que nos encontráramos ante un delito de prevaricación, otro contra los derechos individuales y dos delitos de lesiones leves".

El abogado Luis de los Santos explica que la denuncia viene motivada por la actuación de varios funcionarios policiales que "por órdenes expresas del denunciado son golpeados y denunciados de la Casa Consistorial", por lo que "existen cuanto menos indicios de que el delegado de Seguridad, Juan Carlos Cabrera, dio órdenes expresas para que los funcionarios que se encontraban bajo su mando ejecutaran una serie de acciones injustas y a sabiendas de la ilegalidad de las mismas".

Participa considera que, "presuntamente, se ha impedido el ejercicio de los derechos políticos e individuales que les corresponde a los concejales de la oposición que intentaban reunirse con un colectivo crítico con la acción de gobierno del propio Ayuntamiento".

En su denuncia, Participa atribuye al concejal socialista un presunto delito de prevaricación, por "la resolución que adoptó" a la hora del desalojo, así como otro presunto delito contra los derechos cívicos, achacado además a los agentes de la Policía Local que participaron en el desalojo. Además, la denuncia atribuye "dos delitos de atentado a la autoridad" y delitos de lesiones leves a los "agentes que golpearon y vejaron a los concejales allí presentes" y a los restantes miembros de las formaciones de izquierdas.

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