El Consejo de Gobierno vasco ha aprobado este martes el Proyecto de Ley del Empleo Público Vasco, cuyo objetivo es actualizar el sistema de empleo público, regulado hace 25 años en la Ley de Función Pública, vigente desde el año 1989 que, entre otras novedades, eleva de 18 a 20 semanas el permiso de maternidad y de 28 a 32 días el de paternidad.
Además, los empleados de las administraciones públicas dispondrán de 8 horas al año, para acompañamiento a consultas, tratamientos o exploraciones médicas a familiares de primer grado o que convivan en el domicilio familiar.
El texto presentado por el consejero de Administración Pública y Justicia, Josu Erkoreka, ha detallado que la futura Ley del Empleo Público Vasco afecta a las 110.000 personas que trabajan al servicio de las administraciones públicas vascas.
El texto, que será remitido al Parlamento vasco, cuenta con 14 títulos, 204 artículos, 33 disposiciones adicionales, 20 disposiciones transitorias, 5 disposiciones finales y un anexo en el que se incluyen 7 artículos.
"Nace del trabajo de todos los tres niveles institucionales de Euskadi y la EHU/UPV. De hecho, cuenta con el informe favorable del Consejo Vasco de la Función Pública, formado por representantes del Gobierno vasco, las tres Diputaciones Forales, EUDEL y las centrales sindicales mayoritarias en las administraciones públicas vascas", ha destacado.
Erkoreka ha destacado que el Proyecto de Ley del Empleo Público Vasco constituye un "avance" en materia de conciliación de la vida personal, familiar y laboral.
El personal público tendrá un mínimo de 20 semanas de permiso por maternidad, incluidos los casos de adopción y acogimiento (ahora 18 semanas), 32 días de permiso por paternidad (ahora 28 días) y 8 horas al año, para acompañamiento a consultas, tratamientos o exploraciones médicas a familiares de primer grado o que convivan en el domicilio familiar.
Otra de las novedades de este proyecto es que, por primera vez una normativa vasca, permite a todas las administraciones públicas de Euskadi abordar "procesos especiales de consolidación de empleo" para afianzar el "empleo temporal de naturaleza estructural", esto es: personal interino, laboral temporal o laboral indefinido no fijo por sentencia.
"El objetivo es atajar las elevadas tasas de interinidad en algunas categorías profesionales sin descapitalizar el conocimiento y las destrezas adquiridas durante años de trabajo por parte del personal interino", ha destacado el consejero.
De esta manera, por ejemplo, las instituciones vascas que convoquen Ofertas de Empleo Público, tendrán la opción de valorar la experiencia de las personas que ya trabajan desde hace años en el puesto de trabajo que sale a concurso-oposición.
Así, estas personas podrán contar con una "valoración específica, diferenciada y complementaria" a la "valoración de la experiencia general, de los servicios prestados en la administración convocante" (Disposición Transitoria Decimonovena).
Las administraciones públicas vascas podrán convocar "turnos diferenciados de acceso" para dar estabilidad a estas personas cuando acrediten más de ocho años de experiencia en el puesto que sale a concurso, siempre y cuando pertenezcan a categorías profesionales en las que el porcentaje de interinidad supere el 40 por ciento.
Este turno, consistirá "en una sola prueba práctica relacionada con los procedimientos, tareas y funciones habituales" de los puestos convocados. En todo caso, se podrán reservar para este "turno diferenciado de acceso" un máximo del 60 por ciento del total de plazas que oferten en cada uno de los procesos selectivos. (Disposición Transitoria Vigésima)
CARRERA PROFESIONAL
Erkoreka ha afirmado que los recursos humanos son "el principal activo" de las Administraciones Públicas vascas y por ello, este texto, abre la puerta, por primera vez, a la carrera profesional de la totalidad del personal público.
En concreto, se implantarán sistemas de evaluación y valoración del desempeño profesional y del rendimiento o logro de resultados, de manera que el personal funcionario o laboral pueda ascender y mejorar sus condiciones retributivas, sin necesidad de cambiar de puesto de trabajo.
Cada nivel institucional podrá fijar su propio sistema de evaluación, así como la escala de mejoras, pero será el Gobierno vasco el encargado de fijar los criterios básicos que se deberán aplicar todas las Administraciones Públicas vascas.
Además, el texto establece la novedad de que el personal público, mediante un procedimiento público y con valoración de los meritos y capacidades, puedan ocupar puestos de nivel directivo: se crea la "Dirección Pública Profesional".
MESA DE NEGOCIACIÓN
Otro de los aspectos más novedosos que contempla el texto, es la posible creación de una 'Mesa Marco de Negociación de las Administraciones Públicas Vascas', órgano de negociación colectiva en el que estarán presentes las centrales sindicales, la UPV-EHU y los tres niveles institucionales vascos.
Igualmente se "extremará" la coordinación entre las diferentes administraciones a través de la 'Comisión de Coordinación del Empleo Público de Euskadi' que, entre otras funciones, elaborará directrices referidas a la movilidad interadministrativa para la firma de convenios de colaboración entre distintas administraciones.