Los Seguros de Vida garantizan a una persona en caso de su propio fallecimiento o invalidez un resarcimiento económico a sus familiares directos o a aquellas personas que él mismo elija como beneficiarios. Ese resarcimiento o indemnización se denomina capital asegurado, y puede abonarse en un solo pago o pautarse en forma de renta financiera.
No obstante, cuando se considera contratar este tipo de seguros, siempre surgen una infinidad de preguntas, por ello este día intentaremos dar respuesta a las más frecuentes.
Una de ellas es si es obligatorio contratar un seguro de vida cuando conceden un crédito hipotecario: Es algo que suele exigirse para la contratación y formalización del préstamo hipotecario, aunque no es obligatorio sí es aconsejable a fin de evitar que vuestra ausencia o imposibilidad de trabajar suponga un trastorno económico para sus familiares. Sin embargo, ninguna entidad financiera puede obligar al usuario a contratar seguro con ella, hacerlo sería una imposición ilícita que en algunos casos ha generado gastos complementarios abusivos.
Otra duda que muchas veces nos encontramos es si en caso de contraer alguna enfermedad podría la aseguradora anular el seguro de vida: Sobre esto lo importante es determinar el tiempo que ha transcurrido del contrato. Si la enfermedad se produce en el lapso del primer año del seguro, la compañía tiene la facultad de rescindir el contrato. Si es después del año no puede anularlo, salvo que se pueda demostrar que el usuario actuó con dolo al momento de la declaración inicial de su estado de salud y no informó sobre su condición, a pesar de tener la obligación de hacerlo.
También una de las grandes interrogantes es sobre quién cobrara la indemnización en caso de siniestro; lo cual lógicamente será las personas que el tomador de la póliza señalé. Si no indica a ninguno o no otorga reglas para determinarlos, el capital formara parte del patrimonio del tomador. Asimismo, el usuario puede modificar la designación de los beneficiarios cuantas veces desee, siempre y cuando lo comunique por escrito a la compañía.
Lo importante a la hora de contratar un seguro de vida es informarse sobre todas las clausulas y las consecuencias, y dejarse asesorar por un mediador de seguros especializado sobre cada una de vuestras dudas para que las aclare antes y después de firmarse la póliza.