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Lunes 18/11/2024
 
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sociedad

Investigado conductor de un patinete eléctrico ocupado por 2 personas

Por sus características técnicas, necesitaba estar matriculado, tener seguro obligatorio y su conductor poseer permiso de conducción

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  • Un patinete eléctrico de grandes dimensiones. -

La Guardia Civil investiga a un vecino de San Javier, de 22 años y nacionalidad española, por conducir un vehículo ligero propulsado por motor eléctrico (patinete), que circulaba por una vía interurbana, ocupado por dos personas, y que por sus características técnicas, necesitaba estar matriculado, tener seguro obligatorio y su conductor poseer permiso de conducción.

Se trata del primer caso detectado por la Guardia Civil de la Región de Murcia desde la entrada en vigor de la Instrucción de la DGT 2019/S-149 TV-108, de 3 de diciembre, que establece los criterios para la circulación de vehículos ligeros propulsados por motores eléctricos.

Los hechos tuvieron lugar en la carretera N-332, que une Cartagena con Valencia, a la altura de San Javier, cuando una patrulla del Sector de Tráfico de Murcia, que se disponía a realizar un control de alcohol y drogas, detectó que por el carril-bici existente en la vía circulaba un vehículo eléctrico, asimilable a un ciclomotor, ocupado por dos personas adultas, sin llevar placa de matrícula en su parte posterior.

Tras detener el vehículo, los guardias civiles verificaron que por sus características técnicas -potencia 1.400 W, velocidad máxima limitada a 25 km/h y altura del sillín 700 mm-, el vehículo pertenecía a la categoría L1e-B de 'ciclomotores de dos ruedas', según la reciente Instrucción de la DGT 2019/S-149 TV-108, que establece los criterios para la circulación de vehículos ligeros propulsados por motores eléctricos, conforme al Reglamento (UE) 168/2013.

Según esta normativa, el vehículo debía de estar matriculado como un ciclomotor, disponer de permiso de circulación y tarjeta de inspección técnica, póliza en vigor de seguro obligatorio del automóvil y su conductor poseer un permiso de conducción al menos de la clase AM, siéndole, además, aplicable la totalidad de la normativa sobre tráfico, circulación y seguridad vial.

En el instante en el que fue detectada la circulación del vehículo, sus ocupantes carecían de documentación del mismo, por lo que los guardias civiles del Grupo de Investigación y Análisis de Tráfico (G.I.A.T.) del Sector de Tráfico, una vez practicadas las gestiones oportunas, han identificado plenamente e investigado a su conductor, al que se le han instruido diligencias como presunto autor de delito contra la seguridad vial, por conducir un vehículo careciendo de permiso de conducción.

Por estos hechos, los guardias civiles de la Agrupación de Tráfico han formulado, además, denuncia ante la Jefatura Provincial de Tráfico por carecer de autorización de circulación, carecer de seguro obligatorio del automóvil y no utilizar ni el conductor ni la pasajera el casco de protección.

El delito de conducir de un vehículo a motor o ciclomotor sin haber obtenido nunca permiso o licencia de conducción se encuentra recogido en el artículo 384 del Código Penal como delito contra la seguridad vial, sancionado alternativamente con las penas de prisión de 3 a 6 meses, multa de 12 a 24 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.

El Reglamento (UE) 168/2013 establece que si la altura del patinete es superior a 540 milímetros necesita autorización administrativa para circular y permiso de conducción, equiparándose, como en este caso, a un ciclomotor (subcategoría L1e-B) si su potencia nominal es igual o inferior a 4.000 W y desarrolla una velocidad igual o inferior a 45 km/hora y pasando a catalogarse como una motocicleta si supera dichos valores.

Una sentencia de la Audiencia Provincial de Cáceres de 7 de febrero, en un caso similar al detectado por el Sector de Tráfico de Murcia, avala, entre otros requisitos, la obligatoriedad de permiso de conducción para circular con este tipo de vehículos.

Ante la proliferación de vehículos ligeros propulsados por motores eléctricos, algunos incluso adquiridos a través de Internet fuera del ámbito europeo, la Guardia Civil aconseja que, antes de su adquisición, verifiquen sus características técnicas para conocer si se equiparan a vehículos de movilidad personal del tipo de patinetes o similares o, como en este caso, tienen la consideración de ciclomotores o incluso de motocicletas, y por tanto necesitan matricularse.

Además de disponer de seguro obligatorio del automóvil y permiso de conducción para su circulación por todo tipo de vías abiertas al tráfico, estando sujetos a la normativa de tráfico aplicable (obligatoriedad de casco, prohibición de uso de teléfono móvil o auriculares, tasas de alcohol y presencia de drogas, prohibición de circular por aceras y zonas peatonales, límites de velocidad, detracción de puntos).

El investigado y las diligencias instruidas han sido puestos a disposición del Juzgado de Instrucción de San Javier.

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