Más de 3.500 vecinos de Torremolinos han solicitado la subvención en el pago del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) en las dos semanas que lleva abierto el plazo de presentación Según informan desde el Área Económica del Ayuntamiento, estas solicitudes se han recibido de forma presencial u online.
Estas ayudas oscilan este año entre el 25 y el 75 por ciento del importe de los recibos en función de los niveles de renta de la unidad familiar. Cabe destacar que el impuesto municipal cuenta este año con una rebaja generalizada del 25 por ciento, gracias a la reducción del tipo impositivo aprobada en el pleno de octubre, tras la propuesta del equipo de Gobierno del PSOE.
Maribel Tocón, concejala de Hacienda, ha asegurado que “se está atendiendo diariamente a más de 300 personas con una media de espera de tan sólo cinco minutos. Cabe destacar que este año hay que solicitarlas de nuevo, aunque el año pasado se hiciese”. Asimismo, la edil del ramo ha manifestado que “la intención es que todos los recibos lleguen a casa con el descuento ya realizado, para no tener que esperar a una posterior devolución”.
Las solicitudes podrán presentarse hasta el 29 de junio en el Registro Municipal, en la oficina del registro del Área económica o por internet -con certificado digital- a través de la plataforma web facilitada en la web del Ayuntamiento.
En todos los casos, tanto los solicitantes como los cotitulares de la vivienda objeto de petición de subvención deberán estar al corriente de sus obligaciones fiscales municipales. De momento, tras quince días después de la apertura del plazo, hasta 350 de media diaria han sido las que han presentado sus solicitudes.
Destinatarios y renta
Los destinatarios de las subvenciones son las personas físicas, titulares del recibo de IBI que, en conjunto con las personas que conviven con ella, tengan un nivel de renta inferior en función de un baremo referenciado con el IPREM, y siempre que la vivienda sobre la que se solicita la ayuda sea la vivienda habitual.
A los efectos de acreditar la convivencia con el beneficiario se considerarán las personas que estén empadronadas con éste en el domicilio habitual a fecha 1 de enero de 2018.
En cuanto a la renta máxima anual, para poder ser solicitante de la subvención al IBI, tanto el titular como el conjunto de personas empadronadas con él, tienen que haber tenido en el ejercicio anterior un nivel de renta igual o inferior en función de los umbrales marcados por el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) multiplicado entre 4 y 9 veces según el número de miembros, con los siguientes límites. En caso de tratarse de una sola persona se establece en 29.820,56 euros brutos anuales; en caso de dos empadronados el límite estará en 37.275,70 euros; para tres personas en 44.730,84 euros; para cuatro miembros en 52.185, euros; para cinco en 59.641,12 euros y para seis miembros en la unidad familiar el límite de ingresos se sitúa en 67.096,26 euros.