Así se desprende de la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, dictada tras el veredicto de culpabilidad emitido por el
jurado popular que juzgó al acusado.
El jurado no apreció en su veredicto ni la atenuante de confesión --el hombre reconoció los hechos en el juicio--, ni la de arrebato. Sí estimó la reparación parcial del daño porque
pagó 8.000 euros de los 50.000 que se pedían de indemnización al inició del juicio.
La Fiscalía reclamaba para el hombre una
pena de 12 años de prisión por un delito de homicidio con las circunstancias agravantes de cometer el delito por motivos de discriminación por género y de parentesco. Le aplicaba la atenuante de reparación del daño.
El tribunal, tras estudiar el caso, ha decidido imponer al acusado 10 años de prisión. Los hechos se remontan al 24 de agosto de 2020, cuando el condenado, sobre las 00 horas,
mantuvo una discusión con su pareja de hecho en su domicilio de la calle Meléndez de València.
Tras un forcejeo, el hombre colocó sus manos sobre su cuello haciendo fuerte presión hasta que dejó de respirar. La mujer
falleció en el acto por insuficiencia respiratoria aguda producida por mecanismo de asfixia mecánica por estrangulación.
Seguidamente, el acusado, tras permanecer un número de horas indeterminado junto al cadáver,
lo envolvió y lo cargó hasta el vehículo de la mujer que se encontraba estacionado en las proximidades.
Tras utilizar las llaves que él mismo tenía, introdujo el cuerpo en el maletero y lo abandonó tras rociarlo con una sustancia corrosiva. El cadáver fue descubierto el 30 de agosto, en la confluencia de las calles Pablo Meléndez con Fontonares, después de que se hubiera denunciado la desaparición el día anterior.
La fallecida tenía en el
momento de su muerte 31 años, no tenía descendencia y carecía de familiares en España, siendo su madre, residente en Uruguay, su familiar más directa.