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Martes 12/11/2024
 
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Córdoba

Los cordobeses elegirán a un total de 909 ediles para los ayuntamientos

Los electores cordobeses podrán elegir, en las elecciones municipales del 28 de mayo, a un total de 909 ediles para los ayuntamientos de los 77 municipios

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  • Papeletas en un colegio electoral. -

Los electores cordobeses podrán elegir, en las elecciones municipales del próximo 28 de mayo, a un total de 909 ediles para los ayuntamientos de los 77 municipios de la provincia de Córdoba, designando a través de las urnas a tantos concejales como les corresponda en su municipio, en función de su censo, ya sean los siete que se eligen en Fuente la Lancha, la localidad cordobesa con menos habitantes, o los 29 que se eligen en Córdoba capital, la ciudad más habitada de la provincia.

Así, según los datos de las candidaturas proclamadas que ha publicado el Boletín Oficial de la Provincia (BOP), consultado por Europa Press, los ayuntamientos con menor número de ediles, en concreto siete, son los de Conquista, El Guijo, Fuente la Lancha, Fuente-Tójar, La Granjuela, Los Blázquez, San Sebastián de los Ballesteros, Santa Eufemia, Valsequillo, Villaharta y Zuheros.

Por su parte, los ayuntamientos con mayor número de concejales, al margen de la ya mencionada capital cordobesa, en concreto con 21 ediles, son los de Cabra, Lucena, Montilla, Palma del Río, Priego de Córdoba y Puente Genil.

A medio camino se sitúan municipios cordobeses en los que los vecinos con derecho a voto podrán elegir el 28M a nueve, 11, 13 o 17 ediles, siempre en función de su censo de población, en aplicación de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General.

De este modo, en los municipios con menos de 100 habitantes se eligen a tres concejales; en los de entre 101 y 250 habitantes son cinco los ediles a elegir; a los que tienen entre 251 y 1.000 vecinos les corresponden siete concejales; con entre 1.001 y 2.000 habitantes tienen derecho a nueve ediles; con entre 2.001 y 5.000 residentes eligen a once concejales; en los de entre 5.001 y 10.000 habitantes se eligen a 13 concejales; a los que tienen entre 10.001 y 20.000 habitantes les corresponden 17 concejales, y cuando tienen entre 20.001 y 50.000 vecinos eligen a 21 ediles.

Finalmente, en los municipios que tienen entre 50.000 y 100.000 habitantes tienen derecho a 25 concejales, y por cada 100.000 vecinos más se suma un edil más, lo que en el caso de Córdoba capital, al tener más de 300.000 habitantes, le supone tres concejales más, pero al resultar un número par (28), se le añade un edil más, de ahí que la ciudad de Córdoba tenga derecho a 29 ediles.

Por lo que se refiere a la elección de los 27 diputados provinciales que conforman el Pleno de la Diputación de Córdoba, éstos se renuevan a partir del resultado de las elecciones municipales en los diez partidos judiciales en los que se divide la provincia.

Estos son los de Aguilar de la Frontera, integrado por cuatro municipios con un total de 58 ediles; Baena, con tres localidades y 37 concejales; Cabra, con cuatro pueblos y 52 ediles; Córdoba, con 14 localidades y 178 concejales; Lucena, con seis municipios y 76 ediles; Montilla, con nueve pueblos y 107 ediles; Peñarroya-Pueblonuevo, con ocho localidades y 127 ediles; Posadas, con siete pueblos y 97 concejales; Pozoblanco, con 13 municipios y 127 ediles, y Priego de Córdoba, con cuatro localidades y 50 ediles.

Una vez constituidas las nuevas corporaciones locales en todos los municipios de la provincia tras las elecciones, son los ediles de cada partido judicial los que, entre ellos, designan a los diputados provinciales que les corresponden, que son dos por el partido judicial de Aguilar de la Frontera, uno por Baena, uno por Cabra, 13 por Córdoba, dos por Lucena, dos por Montilla, uno por Peñarroya-Pueblonuevo, dos por Posadas, dos por Pozoblanco, y uno por Priego de Córdoba.

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